Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062217)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto limpio en el polígono 8, parcela 199, "Paraje Barruelo", a ubicar en el término municipal de Puerto de Santa Cruz (Cáceres), cuyo promotor es el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales, Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres (MASMEDIO)". Expte.: IA24/0060.
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NÚMERO 126
Lunes 1 de julio de 2024
33065
3.2. Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red
Natura 2000.
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies
presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de la Confederación Hidrográfica de Guadiana, en
concreto en lo relativo al Perímetro de protección de captaciones destinadas al consumo
humano, dentro de estos perímetros de protección, y conforme al artículo 97 del TRLA,
queda prohibida, con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 100
de la citada ley, el ejercicio de actividades susceptibles de provocar contaminación o
degradación del DPH.
La instalación por tanto deberá estar totalmente aislada superficialmente, por lo que,
bajo ningún concepto, un vertido accidental o la mala gestión de las aguas pluviales,
podrán disminuir o perjudicar la calidad de las captaciones de agua destinadas al consumo humano.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo la superficie pendiente de hormigonar. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca entidad del
movimiento de tierras y a la escasa superficie afectada. Asimismo, mediante la correcta
aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
— Fauna.
No se prevé la existencia de valores faunísticos relevantes debido a la antropización
de la zona. Mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe, se
considera que este impacto será de carácter compatible.
Lunes 1 de julio de 2024
33065
3.2. Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red
Natura 2000.
Se considera que el proyecto, con la aplicación de medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies
presentes.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de la Confederación Hidrográfica de Guadiana, en
concreto en lo relativo al Perímetro de protección de captaciones destinadas al consumo
humano, dentro de estos perímetros de protección, y conforme al artículo 97 del TRLA,
queda prohibida, con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 100
de la citada ley, el ejercicio de actividades susceptibles de provocar contaminación o
degradación del DPH.
La instalación por tanto deberá estar totalmente aislada superficialmente, por lo que,
bajo ningún concepto, un vertido accidental o la mala gestión de las aguas pluviales,
podrán disminuir o perjudicar la calidad de las captaciones de agua destinadas al consumo humano.
— Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo la superficie pendiente de hormigonar. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca entidad del
movimiento de tierras y a la escasa superficie afectada. Asimismo, mediante la correcta
aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
— Fauna.
No se prevé la existencia de valores faunísticos relevantes debido a la antropización
de la zona. Mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe, se
considera que este impacto será de carácter compatible.