Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062215)
Resolución de 20 de junio de 2024, la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto limpio en el polígono 15, parcela 325, "Paraje Salor", a ubicar en el término municipal de Montánchez (Cáceres), cuyo promotor es el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales, Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres (MASMEDIO)". Expte.: IA24/0058.
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NÚMERO 126
Lunes 1 de julio de 2024
33020
— Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Gestión Forestal, Caza
y Pesca.
• En la parcela en la cual se ubica el punto limpio no existe vegetación con posibilidad
de ser afectada por las actuaciones que se proponen. Además, según la información
aportada por el promotor en el EIA, tampoco hay superficies nuevas a ocupar.
• En vista a lo expuesto anteriormente, se informa favorablemente la actividad solicitada desde el punto de vista forestal.
— Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, informa lo
siguiente:
• Atendiendo al Proyecto de clasificación de vías pecuarias del término municipal de
Montánchez, aprobado por Orden Ministerial el 14/04/72 (BOE 01/05/72), y vista la
ubicación del Proyecto constructivo de “Punto limpio” en el polígono 15, parcela 325
en el paraje Salor, (Ref. catastral: 10129A015003250000LK), no afecta al dominio
de vías pecuarias siendo colindante con la vía pecuaria Colada de la Moraleda (o
Moraleja).
— La Confederación Hidrográfica del Tajo, informa de lo siguiente.
• En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, el
punto limpio se encuentra dentro del área de captación de la zona sensible “Embalse
de Torremocha– ES030ZSENESCM840”.
• En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la zona de
actuación se encuentra cerca del río Salor.
• La parcela no se asienta sobre masas de agua subterránea. No obstante, se significa
que han de ser protegidas, en cualquier caso. Por lo tanto, se significa que en la puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el proyecto deberán tenerse en
cuenta las consideraciones expuestas en este informe para evitar cualquier actuación
que pudiera afectar negativamente al dominio público hidráulico.
• Se ha efectuado consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas
Inundables (SNCZI), https://sig.mapama.es/snczi/, observándose la inexistencia de
estudios oficiales relativos a dominio público hidráulico, zona de flujo preferente o
Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación en el ámbito de actuación.
Lunes 1 de julio de 2024
33020
— Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Gestión Forestal, Caza
y Pesca.
• En la parcela en la cual se ubica el punto limpio no existe vegetación con posibilidad
de ser afectada por las actuaciones que se proponen. Además, según la información
aportada por el promotor en el EIA, tampoco hay superficies nuevas a ocupar.
• En vista a lo expuesto anteriormente, se informa favorablemente la actividad solicitada desde el punto de vista forestal.
— Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, informa lo
siguiente:
• Atendiendo al Proyecto de clasificación de vías pecuarias del término municipal de
Montánchez, aprobado por Orden Ministerial el 14/04/72 (BOE 01/05/72), y vista la
ubicación del Proyecto constructivo de “Punto limpio” en el polígono 15, parcela 325
en el paraje Salor, (Ref. catastral: 10129A015003250000LK), no afecta al dominio
de vías pecuarias siendo colindante con la vía pecuaria Colada de la Moraleda (o
Moraleja).
— La Confederación Hidrográfica del Tajo, informa de lo siguiente.
• En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, el
punto limpio se encuentra dentro del área de captación de la zona sensible “Embalse
de Torremocha– ES030ZSENESCM840”.
• En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la zona de
actuación se encuentra cerca del río Salor.
• La parcela no se asienta sobre masas de agua subterránea. No obstante, se significa
que han de ser protegidas, en cualquier caso. Por lo tanto, se significa que en la puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el proyecto deberán tenerse en
cuenta las consideraciones expuestas en este informe para evitar cualquier actuación
que pudiera afectar negativamente al dominio público hidráulico.
• Se ha efectuado consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas
Inundables (SNCZI), https://sig.mapama.es/snczi/, observándose la inexistencia de
estudios oficiales relativos a dominio público hidráulico, zona de flujo preferente o
Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación en el ámbito de actuación.