Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062218)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto limpio en el polígono 10, parcela 78, "La Cabeza", a ubicar en el término municipal de Santa Ana (Cáceres), cuyo promotor es el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales, Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres (MASMEDIO)". Expte.: IA24/0061.
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NÚMERO 126
Lunes 1 de julio de 2024

33083

— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el Plan Hidrológico de la
parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo 2023-2027, la zona de actuación
se encuentra en el Área de Captación de la Zona Sensible “ES030ZSENESCM552 - Embalse de Alcántara II”.
En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la zona de
actuación se encuentra fuera de la zona de policía de cauces de dominio público.
En relación a las aguas subterráneas, la parcela no asienta sobre masas de agua subterránea.
— Suelo.
No se van a realizar movimiento de tierras al estar toda la superficie del punto limpio
ya hormigonada, por lo que no se esperan impactos ambientales reseñables. Asimismo,
mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar los
posibles impactos se reducirá su posible impacto de manera aceptable para el medio
edáfico.
— Fauna.
No se prevé la existencia de valores faunísticos relevantes debido a la antropización
de la zona. Mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe, se
considera que este impacto será de carácter compatible.
— Vegetación.
La zona de la parcela donde se construirá el punto limpio tiene como uso IM (improductivo) y en los recintos de alrededor que son PS (pastizal) y PA (pasto con arbolado),
según el visor SIGPAC y no se observa vegetación natural de importancia a excepción
de pastos naturales en algunas zonas de la parcela y arbolado disperso en las lindes.
Mediante la aplicación de las medidas previstas en el presente informe, se considera que
este impacto será de carácter compatible.
— Paisaje.
El impacto sobre el paisaje será mínimo por encontrarse en una zona ya antropizada y
dentro de otro recinto utilizado como acopios de RCDs.