Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062201)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de almacenamiento y gestión de residuos de construcción y demolición y punto limpio promovida por el Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
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NÚMERO 125
Viernes 28 de junio de 2024



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— El estacionamiento de la maquinaria en obra se realizará sobre solera impermeable
de hormigón o similares.



— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio.



— Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y
comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería
de Cultura, Turismo y Deporte.



— Se adoptarán medidas conducentes a la minimización del impacto cromático al objeto de favorecer la integración de la planta en el entorno.



— Para evitar elevados niveles de emisión de partículas en suspensión en la fase de
obras, se procederá al riego sistemático de las superficies que puedan provocar este
tipo de contaminación.



— Los aceites usados y residuos peligrosos que puedan generar la maquinaria de la
obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su tratamiento por
gestor autorizado. Se habilitarán contenedores para los residuos no peligrosos generados durante las obras para su retirada por gestor autorizado. En todo caso se
cumplirá toda la normativa vigente en materia de residuos.

c. Medidas en fase de explotación.


— Una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, restos de maquinarias y escombros, que
serán entregados a gestor de residuos autorizados.



— No podrán utilizarse productos fitosanitarios como herbicidas para el control de la
vegetación espontanea, por el riesgo de contaminación de las aguas, de propagación
de especies invasoras, y afecciones a la fauna.



— La instalación dispondrá de las medidas de seguridad que impidan el libre acceso a
las mismas mediante pared perimetral opaca. Este cerramiento deberá mantenerse
durante el periodo de funcionamiento de la misma.



— La altura de los acopios no superará los 1,80 metros de altura (salvo en las zonas de
recepción y cribado que pueden llegar a los 3,80 metros de altura).