Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062201)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de almacenamiento y gestión de residuos de construcción y demolición y punto limpio promovida por el Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 125
Viernes 28 de junio de 2024
32766
— Informe del Servicio de Ordenación del Territorio, de la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, de 22 de agosto de 2023, en el que informa que
no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial vigente, si bien,
se encuentra en fase de tramitación el Plan Territorial de Tentudía-Sierra Suroeste, en cuyo
ámbito se encuentra el término de Fuente de Cantos.
— Informe del Servicio de Urbanismo, de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del
Territorio y Agenda Urbana, de 7 de septiembre de 2023 en el que informa que conforme
lo establecido en el punto 6 del artículo 69 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura en los actos promovidos por
las administraciones públicas, la aprobación de los proyectos de obras y servicios públicos
lleva implícita la calificación rústica del suelo a que afecten, siempre que se cumplan los
requisitos normativos precisos para su otorgamiento.
— Informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 12 de octubre de 2023 en el
informa que si bien parte de la parcela de actuación ocupa la zona de policía del arroyo del
Bodión Chico y de tres arroyos tributarios de éste, las instalaciones proyectadas se ubican
a 150 metros de uno de los arroyos tributarios del arroyo del Bodión Chico, por lo que no
se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el
artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre y policía.
— Informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de 13 de
octubre de 2023 en el que se informa que ha sido analizada el área de afección de dicho
proyecto por los técnicos de la DGBAPC y se ha podido comprobar que, según la documentación existente en este organismo, si bien se localizan numerosos yacimientos arqueológicos inventariados en las cercanías, todos ellos se localizan a más de 1 km de las instalaciones, puesto que si bien la parcela municipal es extensa y hay puntos más cercanos,
la planta se ubica al extremo noreste de la misma por lo que se estima que el proyecto no
presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido, no obstante, y como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá
adoptar la siguiente medida correctora, contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999 de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “Si durante la ejecución de las obras se
hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de
la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la
protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho
horas a la Consejería de Cultura”.
— Informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de 31 de octubre
de 2023 en el que se informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es suscep-
Viernes 28 de junio de 2024
32766
— Informe del Servicio de Ordenación del Territorio, de la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, de 22 de agosto de 2023, en el que informa que
no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial vigente, si bien,
se encuentra en fase de tramitación el Plan Territorial de Tentudía-Sierra Suroeste, en cuyo
ámbito se encuentra el término de Fuente de Cantos.
— Informe del Servicio de Urbanismo, de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del
Territorio y Agenda Urbana, de 7 de septiembre de 2023 en el que informa que conforme
lo establecido en el punto 6 del artículo 69 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura en los actos promovidos por
las administraciones públicas, la aprobación de los proyectos de obras y servicios públicos
lleva implícita la calificación rústica del suelo a que afecten, siempre que se cumplan los
requisitos normativos precisos para su otorgamiento.
— Informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 12 de octubre de 2023 en el
informa que si bien parte de la parcela de actuación ocupa la zona de policía del arroyo del
Bodión Chico y de tres arroyos tributarios de éste, las instalaciones proyectadas se ubican
a 150 metros de uno de los arroyos tributarios del arroyo del Bodión Chico, por lo que no
se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el
artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre y policía.
— Informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de 13 de
octubre de 2023 en el que se informa que ha sido analizada el área de afección de dicho
proyecto por los técnicos de la DGBAPC y se ha podido comprobar que, según la documentación existente en este organismo, si bien se localizan numerosos yacimientos arqueológicos inventariados en las cercanías, todos ellos se localizan a más de 1 km de las instalaciones, puesto que si bien la parcela municipal es extensa y hay puntos más cercanos,
la planta se ubica al extremo noreste de la misma por lo que se estima que el proyecto no
presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido, no obstante, y como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá
adoptar la siguiente medida correctora, contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999 de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “Si durante la ejecución de las obras se
hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de
la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la
protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho
horas a la Consejería de Cultura”.
— Informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de 31 de octubre
de 2023 en el que se informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es suscep-