Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062201)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de almacenamiento y gestión de residuos de construcción y demolición y punto limpio promovida por el Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
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NÚMERO 125

32750

Viernes 28 de junio de 2024

Camión

88 dB(A)

Criba y trituradora

95 dB(A)

2. D
 eberá en todo momento cumplir con los niveles sonoros máximos permitidos según lo
indicado en el decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Para ello deberá establecer las medidas de atenuación adecuadas en caso de ser
necesarias.
3. L
 a actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
4. S
 e podrán requerir medidas correctoras adicionales para evitar la generación de ruidos a
parcelas colindantes en caso de provocar molestias a las mismas.
- g – Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica.
1. E
 l horario de funcionamiento será diurno.
2. L
 as instalaciones disponen de tres proyectores LED de 150 W de potencia cada uno. Estarán ubicados en la caseta de control para iluminar la báscula, en la zona de tránsito del
punto limpio y en la zona de acceso a la planta de residuos de construcción y demolición.
3. E
 l uso de la iluminación exterior de la instalación deberá limitarse a aquellas actuaciones
en las que sea estrictamente necesario.
4. L
 os sistemas de iluminación deberán instalarse de manera que se eviten deslumbramientos.
5. S
 e iluminará solamente aquellas superficies que se quieran dotar de alumbrado.
6. S
 e limitarán las emisiones luminosas hacia el cielo en las instalaciones de alumbrado exterior.
-h- Plan de ejecución.
1. E
 n el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzará a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de cinco años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la Dirección
General de Sostenibilidad (DGS), previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la
AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.