Gestión Y Explotación De Servicios Públicos Extremeños, S.a.u.. Procesos Selectivos. (2024081053)
Anuncio de 24 de junio de 2024 por el que se da publicidad a las bases de la convocatoria del proceso de selección de personal para la incorporación de un/a Técnico de Contratas.
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NÚMERO 125
Viernes 28 de junio de 2024

32810

GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EXTREMEÑOS, SAU

ANUNCIO de 24 de junio de 2024 por el que se da publicidad a las bases de
la convocatoria del proceso de selección de personal para la incorporación de
un/a Técnico de Contratas. (2024081053)
Primera. Objeto de la Convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión del puesto de Técnico/a de Contratas para
GESPESA, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente que le es de aplicación.
Para este proceso de selección se constituirá un Órgano de Selección, que estará compuesto
por, al menos, tres personas, personal propio de la Consultora Externa encargada del mismo.
Se dotará de un régimen de funcionamiento y toma de decisión propios. Y no podrán formar
parte de él ninguna persona que tuviera parentesco de hasta segundo grado de afinidad o
consanguineidad, o convivencia con alguno de los candidatos aspirantes finalistas, o cualquier
otro tipo de relación que pudiera alterar la independencia en la toma de decisiones. Obligando en este caso a la abstención e inhibición en la participación en cualesquiera fases de este
proceso.
El propio proceso de selección cumplirá todas las exigencias y condiciones previstas para este
tipo de soportes por la legislación sobre protección de datos de carácter personal, establecidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (BOE n.º 294), de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
Segunda. Normas generales.
Este proceso de selección se rige respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los siguientes:
— Publicidad de la convocatoria y sus bases.
— Transparencia.
— Libre concurrencia.
— Imparcialidad, profesionalidad y especialización de los miembros de los órganos de selección.
— Independencia, confidencialidad y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos
de selección.