Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Estadística. (2024062210)
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 18 de junio de 2024, por el que se aprueba el Programa Anual de Estadística de Extremadura para 2024.
126 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 124
Jueves 27 de junio de 2024

32342

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, DE
18 DE JUNIO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA ANUAL DE
ESTADÍSTICA DE EXTREMADURA PARA 2024.
La Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en el capítulo III del Título I, dedicado a la planificación de la actividad estadística establece
que el instrumento de ordenación, planificación y sistematización de la actividad estadística
pública de interés para Extremadura será el Plan de Estadística de Extremadura que se aprobará mediante Decreto y tendrá una vigencia cuatrienal u otra distinta si así lo especifica el
propio Decreto que lo regule, quedando prorrogado cada Plan hasta la entrada en vigor del
siguiente.
El Decreto 229/2023, de 6 de septiembre (DOE núm. 175, de 12 de septiembre), aprobó el
cuarto Plan de Estadística de Extremadura que extiende su vigencia desde el 1 de enero de
2023 hasta el 31 de diciembre de 2026.
El artículo 7 de este Decreto establece que el Plan de Estadística de Extremadura 2023-2026
se desarrollará a través de los correspondientes Programas Anuales de Estadística que serán
aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en los términos previstos
en la Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mediante Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de la Consejería
de Economía, Empleo y Transformación Digital, se ordena la publicación en el DOE del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 21 de noviembre de 2023 por el
que se aprueba el Programa anual de Estadística de Extremadura para 2023, (DOE núm.230,
de 30 de noviembre), primera anualidad del Plan de Estadística de Extremadura 2023-2026.
En DOE, núm. 84, de 2 de mayo de 2024 se publica una corrección de errores del mencionado
Acuerdo de 21 de noviembre de 2023.
En virtud de lo establecido en el apartado decimotercero del citado Acuerdo de 21 de noviembre de 2023 por el que se aprueba el Programa Anual de Estadística para 2023, mediante el
que se dispone que, “en el supuesto de que el día 1 de enero de 2024 no hubiera entrado
en vigor el Programa Anual de Estadística de Extremadura para 2024, enmarcado dentro del
Plan de Estadística de Extremadura 2023-2026, se considerará automáticamente aprobada la
vigencia de este Programa Anual, que deberá adaptarse a las dotaciones presupuestarias del
ejercicio, hasta la entrada en vigor del Programa Anual de Estadística de Extremadura para
2024”, hasta que empiece a producir sus efectos el presente Acuerdo por el que se aprueba
el Programa Anual de Estadística de Extremadura para 2024, el Programa Anual de 2023 se
considera automáticamente prorrogado, al no haber estado aprobado el Programa Anual de
Estadística de Extremadura para 2024 a fecha 1 de enero de 2024.