Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062164)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y El Corte Inglés, SA, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual correspondientes a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 124

32249

Jueves 27 de junio de 2024

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN
PROFESIONAL Y EL CORTE INGLÉS, SA, PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS
FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL CORRESPONDIENTES A LAS
ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO EN
EXTREMADURA.
Mérida, 18 de abril de 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, don Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para el
que fue nombrado por Decreto 2/2024, de 9 de enero (DOE núm. 7, de 10 de enero), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera
(DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional.
Y de otra, la empresa El Corte Inglés, SA, con CIF A28017895 y domicilio en Calle Hermosilla, núm. 112, código postal 28009, Madrid, con teléfono de contacto ___________ y correo
electrónico _____________ y Don Antonio M. Reina Ortiz, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente convenio, entre las entidades a las que representan, es el
desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual correspondientes a las enseñanzas
de formación profesional del sistema educativo en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. Q
 ue en el artículo 42, apartado 2, de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (modificada por
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre), de 3 de mayo, insta a las administraciones
educativas a regular la fase práctica dual de formación en los centros de trabajo, de los que
podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con
los estudios profesionales cursados.
3. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].