Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Escuelas Taurinas. (2024062156)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, por la que se renueva la autorización del funcionamiento de la escuela taurina "Escuela de Tauromaquia Asociación de Jóvenes Taurinos de Coria".
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 124
32235
Jueves 27 de junio de 2024
RESUELVO:
Primero. Otorgar la renovación de la autorización concedida de fecha 20 de junio de 2019
para el funcionamiento de la Escuela Taurina “Escuela de Tauromaquia Asociación de Jóvenes
Taurinos de Coria”.
Segundo. La presente renovación de la autorización se otorga por un periodo de cinco años,
pudiendo renovarse por idénticos periodos de vigencia de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 13 del Decreto 61/2006, de 4 de abril, por el que se establecen Normas para la Ordenación de las Escuelas Taurinas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento de la localidad donde se
ubique la Escuela de Tauromaquia, así como al órgano competente del Ministerio de Cultura.
Cuarto. Se de traslado de la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación, al Registro de Escuelas Taurinas de Extremadura para su correspondiente anotación
y a la Delegación del Gobierno en Extremadura.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada
ante el Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y
como dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y que podrá interponerse ante este mismo órgano que dicta el presenta acto
administrativo o ante el competente para resolverlo.
Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
procedente.
Mérida, 17 de junio de 2024.
El Secretario General de Interior,
Emergencias y Protección Civil,
FERNANDO JESÚS MANZANO PEDRERA
32235
Jueves 27 de junio de 2024
RESUELVO:
Primero. Otorgar la renovación de la autorización concedida de fecha 20 de junio de 2019
para el funcionamiento de la Escuela Taurina “Escuela de Tauromaquia Asociación de Jóvenes
Taurinos de Coria”.
Segundo. La presente renovación de la autorización se otorga por un periodo de cinco años,
pudiendo renovarse por idénticos periodos de vigencia de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 13 del Decreto 61/2006, de 4 de abril, por el que se establecen Normas para la Ordenación de las Escuelas Taurinas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento de la localidad donde se
ubique la Escuela de Tauromaquia, así como al órgano competente del Ministerio de Cultura.
Cuarto. Se de traslado de la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación, al Registro de Escuelas Taurinas de Extremadura para su correspondiente anotación
y a la Delegación del Gobierno en Extremadura.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada
ante el Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y
como dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y que podrá interponerse ante este mismo órgano que dicta el presenta acto
administrativo o ante el competente para resolverlo.
Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
procedente.
Mérida, 17 de junio de 2024.
El Secretario General de Interior,
Emergencias y Protección Civil,
FERNANDO JESÚS MANZANO PEDRERA