Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Comercial. Ayudas. (2024081018)
Anuncio de 19 de junio de 2024 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas para las anualidades 2023 y 2024 destinadas a financiar las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 58/2023, de 24 de mayo.
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NÚMERO 124
Jueves 27 de junio de 2024
32532
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Anuncio de 19 de junio de 2024 por el que se da publicidad a las subvenciones
concedidas para las anualidades 2023 y 2024 destinadas a financiar las
ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de
dinamización comercial, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 58/2023, de
24 de mayo. (2024081018)
Con fecha 13 de junio de 2023 se publicó en el DOE el Decreto 58/2023, de 24 de mayo, por el
que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través
de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2023-2024 (DOE
n.º 112, de 13 de junio), con la finalidad de dinamizar y promocionar el comercio extremeño
y fomentar el asociacionismo comercial.
El artículo 15 del citado decreto establece que los órganos concedentes publicarán en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, las subvenciones otorgadas con expresión de la convocatoria, programa y
crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las
menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les
sea de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. De igual forma
se establece, que no será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando
los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía
inferior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas, recogidas en el anexo que se acompaña, destinadas a la ejecución de proyectos de animación comercial, anualidades 2023 y 2024, en los términos que a continuación
se relacionan:
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 1.500.000 euros. El coste de las
acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa
341A “Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, con cargo al centro gestor 140030000,
código de proyecto de gasto 20230018 denominado “Fomento del comercio a través de acciones agrupadas”.
El importe de la convocatoria correspondiente a cada línea de ayuda y su imputación presupuestaria es la siguiente:
Jueves 27 de junio de 2024
32532
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Anuncio de 19 de junio de 2024 por el que se da publicidad a las subvenciones
concedidas para las anualidades 2023 y 2024 destinadas a financiar las
ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de
dinamización comercial, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 58/2023, de
24 de mayo. (2024081018)
Con fecha 13 de junio de 2023 se publicó en el DOE el Decreto 58/2023, de 24 de mayo, por el
que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través
de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2023-2024 (DOE
n.º 112, de 13 de junio), con la finalidad de dinamizar y promocionar el comercio extremeño
y fomentar el asociacionismo comercial.
El artículo 15 del citado decreto establece que los órganos concedentes publicarán en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, las subvenciones otorgadas con expresión de la convocatoria, programa y
crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las
menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les
sea de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. De igual forma
se establece, que no será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando
los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía
inferior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas, recogidas en el anexo que se acompaña, destinadas a la ejecución de proyectos de animación comercial, anualidades 2023 y 2024, en los términos que a continuación
se relacionan:
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 1.500.000 euros. El coste de las
acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa
341A “Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, con cargo al centro gestor 140030000,
código de proyecto de gasto 20230018 denominado “Fomento del comercio a través de acciones agrupadas”.
El importe de la convocatoria correspondiente a cada línea de ayuda y su imputación presupuestaria es la siguiente: