Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062146)
Resolución de 16 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es Inversiones La Encina Terrona, SL, en el término municipal de Madroñera.
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NÚMERO 123
Miércoles 26 de junio de 2024
32035
modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades
que se incluyen en el anexo II de la citada ley.
La actividad cuya autorización se pretende, se encuentra incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En concreto, en la categoría 1.3.b. del anexo II, relativa a “Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva de rumiantes, incluyéndose entre ellas los centros de
tipificación y granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos superior a
100 emplazamientos para vacuno de engorde”.
La explotación se ubicará en las parcelas 39 y 40 del polígono 32, del término municipal de
Trujillo y en las parcelas 162, 163, 164 y 165 del término municipal de Madroñera, con una
superficie de 152 ha. Las instalaciones se ubican en la parcela 164 del término municipal de
Madroñera. Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Inversiones La Encina Terrona, SL, para la
instalación de un cebadero de terneros en régimen intensivo con una capacidad de 131 terneros, en el término municipal de Madroñera (Cáceres), incluida en la categoría 1.3.b del anexo
II, relativa a “Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva de rumiantes, incluyéndose entre ellas los centros de tipificación y granjas cinegéticas, que dispongan de un número
de emplazamientos superior a 100 emplazamientos para vacuno de engorde”, a los efectos
recogidos en la referida norma, debiéndose, en todo caso, en el ejercicio de la actividad, dar
cumplimiento al condicionado fijado a continuación y al recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio del
cumplimiento de las prescripciones establecidas en la legislación sectorial que resulte de aplicación a la actividad en cada momento. El n.º de expediente de la instalación es el AAU23/053
CONDIOCIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol.
1. El
tratamiento y gestión de los estiércoles sólidos que se generen en esta explotación se
llevará a cabo mediante gestor autorizado o bien mediante la aplicación de los mismos
Miércoles 26 de junio de 2024
32035
modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades
que se incluyen en el anexo II de la citada ley.
La actividad cuya autorización se pretende, se encuentra incluida en el ámbito de aplicación
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. En concreto, en la categoría 1.3.b. del anexo II, relativa a “Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva de rumiantes, incluyéndose entre ellas los centros de
tipificación y granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos superior a
100 emplazamientos para vacuno de engorde”.
La explotación se ubicará en las parcelas 39 y 40 del polígono 32, del término municipal de
Trujillo y en las parcelas 162, 163, 164 y 165 del término municipal de Madroñera, con una
superficie de 152 ha. Las instalaciones se ubican en la parcela 164 del término municipal de
Madroñera. Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Inversiones La Encina Terrona, SL, para la
instalación de un cebadero de terneros en régimen intensivo con una capacidad de 131 terneros, en el término municipal de Madroñera (Cáceres), incluida en la categoría 1.3.b del anexo
II, relativa a “Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva de rumiantes, incluyéndose entre ellas los centros de tipificación y granjas cinegéticas, que dispongan de un número
de emplazamientos superior a 100 emplazamientos para vacuno de engorde”, a los efectos
recogidos en la referida norma, debiéndose, en todo caso, en el ejercicio de la actividad, dar
cumplimiento al condicionado fijado a continuación y al recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio del
cumplimiento de las prescripciones establecidas en la legislación sectorial que resulte de aplicación a la actividad en cada momento. El n.º de expediente de la instalación es el AAU23/053
CONDIOCIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol.
1. El
tratamiento y gestión de los estiércoles sólidos que se generen en esta explotación se
llevará a cabo mediante gestor autorizado o bien mediante la aplicación de los mismos