Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2024040080)
Decreto 49/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la ayuda vinculada a la intervención de destilación de subproductos de la vinificación incluida en la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC del Reino de España 2023-2027 y se aprueba su primera convocatoria para la campaña vitivinícola 2023/2024 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 123
31932
Miércoles 26 de junio de 2024
cuales se solicita la ayuda o de prorroga de la autorización antes del inicio de la
presente campaña.
Que cumple con los requisitos previstos en los artículos 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre ellos el de
encontrarse al corriente respecto de las obligaciones tributarias con el Estado y con
la Hacienda Autonómica, así como con la Seguridad Social, y, en su caso, de sus
obligaciones por reintegro de subvenciones, y no incurre en ninguna de sus
prohibiciones.
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.3 bis) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y siempre que el importe de ayuda solicitado
sea superior a 30.000 euros, no incumple los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29
de diciembre, por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales, lo que acredito con la correspondiente documentación tal
como se establece en dicho precepto normativo.
Para ello, se acompaña la siguiente documentación:
Se entrega
con esta
solicitud
Se entregó
anteriormente
Se entregará
posteriorment
e
□
□
□
Certificado de recepción de subproductos para destilación
(Anexo 2).
□
□
□
Relación de entregas efectuadas por el productor (Anexo 4).
□
□
□
Resumen de materia prima en fabricación y productos
obtenidos (Anexo 4 bis).
□
□
□
Prueba de la destilación - Modelo 520.
□
□
□
Justificante del abono de gastos de transportes y justificante
de quien se ha hecho cargo de dichos gastos (Anexo 5 Anexo 6). (1)
□
□
□
Justificante del destino del alcohol obtenido (Anexo 7). (2)
□
□
□
Justificante del uso del alcohol. (3)
Documentación
En el caso de no aportar los documentos indicados (1), (2) y (3), la prueba de haber
constituido una garantía igual al importe del anticipo que solicita.
AVALES BANCARIOS
Nº aval
Entidad
Importe (€)
Nº Resguardo
Fecha
depósito
ASIMISMO, SE COMPROMETE A:
Facilitar toda la documentación e información que le sea requerida para justificar que
el alcohol que resulte de la destilación a la que se haya concedido ayuda se utilizará
exclusivamente con fines industriales o energéticos.
31932
Miércoles 26 de junio de 2024
cuales se solicita la ayuda o de prorroga de la autorización antes del inicio de la
presente campaña.
Que cumple con los requisitos previstos en los artículos 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre ellos el de
encontrarse al corriente respecto de las obligaciones tributarias con el Estado y con
la Hacienda Autonómica, así como con la Seguridad Social, y, en su caso, de sus
obligaciones por reintegro de subvenciones, y no incurre en ninguna de sus
prohibiciones.
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.3 bis) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y siempre que el importe de ayuda solicitado
sea superior a 30.000 euros, no incumple los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29
de diciembre, por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales, lo que acredito con la correspondiente documentación tal
como se establece en dicho precepto normativo.
Para ello, se acompaña la siguiente documentación:
Se entrega
con esta
solicitud
Se entregó
anteriormente
Se entregará
posteriorment
e
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Certificado de recepción de subproductos para destilación
(Anexo 2).
□
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Relación de entregas efectuadas por el productor (Anexo 4).
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Resumen de materia prima en fabricación y productos
obtenidos (Anexo 4 bis).
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Prueba de la destilación - Modelo 520.
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Justificante del abono de gastos de transportes y justificante
de quien se ha hecho cargo de dichos gastos (Anexo 5 Anexo 6). (1)
□
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□
Justificante del destino del alcohol obtenido (Anexo 7). (2)
□
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Justificante del uso del alcohol. (3)
Documentación
En el caso de no aportar los documentos indicados (1), (2) y (3), la prueba de haber
constituido una garantía igual al importe del anticipo que solicita.
AVALES BANCARIOS
Nº aval
Entidad
Importe (€)
Nº Resguardo
Fecha
depósito
ASIMISMO, SE COMPROMETE A:
Facilitar toda la documentación e información que le sea requerida para justificar que
el alcohol que resulte de la destilación a la que se haya concedido ayuda se utilizará
exclusivamente con fines industriales o energéticos.