Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062151)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y el Sindicato de Enfermería SATSE y FUDEN, para la realización de actividades formativas en el ámbito sanitario y de la salud pública.
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NÚMERO 122
31739
Martes 25 de junio de 2024
S
i trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta
causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera
previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
SATSE Extremadura y FUDEN se comprometen a:
— Publicar los cursos a impartir, y darle suficiente difusión.
— Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas.
— Nombrar un responsable de las prácticas, que coordine junto con el responsable del SES
el desarrollo de las mismas.
Antes del inicio de las prácticas deberán presentarse ante el responsable del SES los siguientes documentos:
— Relación de alumnos que realizan las prácticas.
— Programación de las prácticas profesionales.
— Los correspondientes Anexos firmados.
— Copia de la póliza suplementaria de accidentes de los alumnos.
— Póliza de responsable civil del alumnado.
— Número de afiliación a la seguridad social del alumnado en prácticas.
— Asimismo, podrá requerirse de las promotoras de la formación la presentación de los
documentos que se consideren necesarios.
Mérida,26 de abril de 2024.
El Director Gerente del SES,
La Secretaria Autonómica SATSE-Extremadura,
D. JESÚS VILÉS PIRIS
D.ª ELENA M.ª MARTÍN PUERTO
El Presidente FUDEN,
D. VÍCTOR AZNAR MARCEN
31739
Martes 25 de junio de 2024
S
i trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta
causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera
previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
SATSE Extremadura y FUDEN se comprometen a:
— Publicar los cursos a impartir, y darle suficiente difusión.
— Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas.
— Nombrar un responsable de las prácticas, que coordine junto con el responsable del SES
el desarrollo de las mismas.
Antes del inicio de las prácticas deberán presentarse ante el responsable del SES los siguientes documentos:
— Relación de alumnos que realizan las prácticas.
— Programación de las prácticas profesionales.
— Los correspondientes Anexos firmados.
— Copia de la póliza suplementaria de accidentes de los alumnos.
— Póliza de responsable civil del alumnado.
— Número de afiliación a la seguridad social del alumnado en prácticas.
— Asimismo, podrá requerirse de las promotoras de la formación la presentación de los
documentos que se consideren necesarios.
Mérida,26 de abril de 2024.
El Director Gerente del SES,
La Secretaria Autonómica SATSE-Extremadura,
D. JESÚS VILÉS PIRIS
D.ª ELENA M.ª MARTÍN PUERTO
El Presidente FUDEN,
D. VÍCTOR AZNAR MARCEN