Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2024081000)
Anuncio de 17 de junio de 2024 por el que se da publicidad a las ayudas al alquiler concedidas por la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, al amparo del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
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NÚMERO 122
Martes 25 de junio de 2024

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ANUNCIO de 17 de junio de 2024 por el que se da publicidad a las ayudas
al alquiler concedidas por la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro
del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, al amparo del Real
Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven
y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. (2024081000)
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula los diferentes programas de ayudas que se
establecen en el Plan Estatal de acceso a la vivienda 2022-2025.
Las bases reguladoras de dichas subvenciones son las establecidas en la Orden de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de septiembre de 2022, por el que se aprueban
las bases reguladoras de subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la
vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 15 de dichas bases, dispone que las subvenciones concedidas se publicarán en
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con expresión de la convocatoria, el
programa y el crédito presupuestario al que se imputen, e identificando al beneficiario, la
cantidad concedida, y la finalidad o finalidades de las subvenciones concedida. La publicación
se efectuará en el Diario Oficial de Extremadura cuando las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía igual o superior a 3.000 euros.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de estas, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a los
3.000 euros. En este caso procede publicar las ayudas concedidas en el periodo comprendido
entre el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023.
Igualmente, el artículo 15 de las bases exceptúa de esta publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, conforme a lo establecido en la letra d) del apartado 2 del artículo 17 de la Ley
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al programa de ayuda a las
víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y al programa de ayudas a los
arrendatarios en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
En virtud de lo dispuesto se procede a:
1. D
 ar publicidad, en el anexo, a las subvenciones concedidas a las personas beneficiarias de
las ayudas estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda, aprobadas por la Reso-