Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062131)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental integrada del proyecto de centro de gestión de residuos, promovido por Interlun, SL, en el término municipal de Cáceres.
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NÚMERO 121
31593
Lunes 24 de junio de 2024
Segundo. El centro de gestión de residuos de Interlun, SL, está incluido en la categoría 5.6.
del anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, relativa a
“almacenamiento temporal de los residuos peligrosos no incluidos en el epígrafe 5.5 en espera
de la aplicación de alguno de los tratamientos mencionados en el epígrafe 5.1, 5.2, 5.5 y 5.7,
con una capacidad total superior a 50 toneladas, excluyendo el almacenamiento temporal,
pendiente de recogida, en el sitio donde el residuo es generado”, correspondientes a los proyectos sometidos a autorización ambiental integrada.
Tercero. Conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 del Real Decreto Legislativo 1/2016,
de 16 de diciembre, y en el artículo 2 del Decreto 81/2011, se somete a autorización ambiental integrada la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de las
instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el anejo 1
del citado real decreto legislativo.
Cuarto. Es de aplicación la Decisión 2018/1147 de la Comisión de 10 de agosto de 2018 por
la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en el tratamiento de residuos, de conformidad con la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y
del Consejo sobre las emisiones industriales.
SE RESUELVE:
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, y una vez finalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, otorgar la autorización
ambiental integrada a favor de Interlun, SL, para el centro de gestión de residuos, referida en
el anexo I de la presente resolución, en el término municipal de Cáceres, a los efectos recogidos en el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando
que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y
el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la
presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la instalación es
el AAI21/012.
La presente resolución deja sin efecto y sustituye en su totalidad a las siguientes resoluciones:
— Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Medio Ambiente, por
la que se otorga autorización ambiental integrada al centro de recogida, valorización y
eliminación de residuos peligrosos y no peligrosos, promovido por Interlun, SL, en el
término municipal de Cáceres. (Expediente AAI1/0.5.1/3).
31593
Lunes 24 de junio de 2024
Segundo. El centro de gestión de residuos de Interlun, SL, está incluido en la categoría 5.6.
del anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, relativa a
“almacenamiento temporal de los residuos peligrosos no incluidos en el epígrafe 5.5 en espera
de la aplicación de alguno de los tratamientos mencionados en el epígrafe 5.1, 5.2, 5.5 y 5.7,
con una capacidad total superior a 50 toneladas, excluyendo el almacenamiento temporal,
pendiente de recogida, en el sitio donde el residuo es generado”, correspondientes a los proyectos sometidos a autorización ambiental integrada.
Tercero. Conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 del Real Decreto Legislativo 1/2016,
de 16 de diciembre, y en el artículo 2 del Decreto 81/2011, se somete a autorización ambiental integrada la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de las
instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el anejo 1
del citado real decreto legislativo.
Cuarto. Es de aplicación la Decisión 2018/1147 de la Comisión de 10 de agosto de 2018 por
la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en el tratamiento de residuos, de conformidad con la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y
del Consejo sobre las emisiones industriales.
SE RESUELVE:
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, y una vez finalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, otorgar la autorización
ambiental integrada a favor de Interlun, SL, para el centro de gestión de residuos, referida en
el anexo I de la presente resolución, en el término municipal de Cáceres, a los efectos recogidos en el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando
que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y
el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la
presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la instalación es
el AAI21/012.
La presente resolución deja sin efecto y sustituye en su totalidad a las siguientes resoluciones:
— Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Medio Ambiente, por
la que se otorga autorización ambiental integrada al centro de recogida, valorización y
eliminación de residuos peligrosos y no peligrosos, promovido por Interlun, SL, en el
término municipal de Cáceres. (Expediente AAI1/0.5.1/3).