Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Proyectos Empresariales De Interés Autonómico. (2024040089)
Decreto 56/2024, de 18 de junio, por el que se declara Proyecto Empresarial de Interés Autonómico al proyecto presentado por la empresa Pharmaweed Pro, SL, para la puesta en marcha de una planta de producción y transformación de cannabis, validada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), en Navalmoral de la Mata (Cáceres).
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NÚMERO 121

31523

Lunes 24 de junio de 2024

Por lo tanto, en virtud del informe de la Unidad de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico de 6 de mayo de 2024, con base en lo establecido en la Ley 5/2022, de 25 de noviembre,
de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la
prestación útil de los servicios públicos; así como en el Decreto 63/2021, de 16 de junio; en
relación con los artículos 23 y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y a propuesta de la Consejera
de Salud y Servicios Sociales; el Consejo de Gobierno, en su sesión de 18 de junio de 2024,
ACUERDA:
Primero. Calificación de Proyecto Empresarial de Interés Autonómico.
Se califica como “Proyecto Empresarial de Interés Autonómico” el proyecto presentado por la
empresa Pharmaweed Pro, SL, con CIF B13797212, para la puesta en marcha de una planta
de producción y transformación de cannabis, validada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante, AEMPS), en Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Segundo. Efectos de la calificación.
1. L
 a calificación del proyecto como PREMIA tendrá los efectos previstos en el artículo 3 de
la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta
administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
2. L
 a presente calificación en ningún caso conlleva la declaración de utilidad pública o interés
social, así como la de urgencia de la ocupación de los bienes afectados, ni el establecimiento o ampliación de servidumbres de paso para vías de acceso, líneas de transporte y
distribución de energía y canalizaciones de líquidos o gases, previstos en las letras c) y d)
del artículo 3 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre.
Tercero. Obligaciones y compromisos a cumplir.
La empresa beneficiaria del decreto de calificación queda obligada al cumplimiento de las
siguientes obligaciones:
1. Realización de inversiones asociadas a la construcción y puesta en funcionamiento del proyecto referido a la puesta en marcha de una planta de producción y transformación de cannabis,
validada por la AEMPS, en Navalmoral de la Mata, por importe superior a 6 millones de euros.
2. C
 reación durante el primer año de funcionamiento de un nivel de empleo superior a 15 UTA.
3. D
 isponer durante el primer año de inicio de la actividad de una estrategia de responsabilidad social corporativa aprobada por la empresa.