Servicio Extremeño De Salud. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2024062137)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de intervención en conductas adictivas desarrollados por Organizaciones no Gubernamentales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el año 2024.
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NÚMERO 120
31450
Viernes 21 de junio de 2024
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde al titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, según lo dispuesto en el artículo 8.4 del
Decreto 72/2016, de 31 de mayo, así como en el ordinal quinto apartado 5 de la Resolución
de 18 de marzo de 2024.
Segundo. La Resolución de convocatoria de 18 de marzo de 2024 establece, en su ordinal sexto,
que para la financiación de las subvenciones previstas en la misma se destinará una cantidad
global de seiscientos setenta y cinco mil doscientos veintisiete euros (675.227,00 €) que figura
en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 3901 212D 48000, código
de proyecto de gasto 20080768; código de proyecto de gasto 20060568; código de proyecto de
gasto 20060571 y código proyecto de gasto 20210278.
1. L
a cantidad global de los créditos presupuestarios podrá aumentarse hasta un 20 %
de la cuantía inicial, en función de que exista disponibilidad presupuestaria, o de la
cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación o
incorporación de crédito o cuando se trate de créditos declarados ampliables, antes de
resolver la concesión de las subvenciones, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de
presentación de solicitudes.
2. L
a cuantía individualizada de la subvención será distribuida en función de la puntuación
obtenida por aplicación de los criterios objetivos del ordinal octavo de la resolución de
convocatoria, de la siguiente forma:
Puntos
Porcentaje aplicado a la cantidad solicitada
35 o más
80%
30 a 34
70%
21 a 29
60%
10 a 20
50%
Para optar a la subvención es necesario obtener un mínimo de 10 puntos, salvo que el
programa presentado tenga especial interés, y esté justificado por razones de conflictividad social o marginal existentes que supongan un riesgo para la salud pública en los
términos definidos en la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de Salud Pública de Extremadura,
en este caso, la cuantía de la subvención será el 50% de la cantidad solicitada.
31450
Viernes 21 de junio de 2024
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde al titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, según lo dispuesto en el artículo 8.4 del
Decreto 72/2016, de 31 de mayo, así como en el ordinal quinto apartado 5 de la Resolución
de 18 de marzo de 2024.
Segundo. La Resolución de convocatoria de 18 de marzo de 2024 establece, en su ordinal sexto,
que para la financiación de las subvenciones previstas en la misma se destinará una cantidad
global de seiscientos setenta y cinco mil doscientos veintisiete euros (675.227,00 €) que figura
en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 3901 212D 48000, código
de proyecto de gasto 20080768; código de proyecto de gasto 20060568; código de proyecto de
gasto 20060571 y código proyecto de gasto 20210278.
1. L
a cantidad global de los créditos presupuestarios podrá aumentarse hasta un 20 %
de la cuantía inicial, en función de que exista disponibilidad presupuestaria, o de la
cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación o
incorporación de crédito o cuando se trate de créditos declarados ampliables, antes de
resolver la concesión de las subvenciones, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de
presentación de solicitudes.
2. L
a cuantía individualizada de la subvención será distribuida en función de la puntuación
obtenida por aplicación de los criterios objetivos del ordinal octavo de la resolución de
convocatoria, de la siguiente forma:
Puntos
Porcentaje aplicado a la cantidad solicitada
35 o más
80%
30 a 34
70%
21 a 29
60%
10 a 20
50%
Para optar a la subvención es necesario obtener un mínimo de 10 puntos, salvo que el
programa presentado tenga especial interés, y esté justificado por razones de conflictividad social o marginal existentes que supongan un riesgo para la salud pública en los
términos definidos en la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de Salud Pública de Extremadura,
en este caso, la cuantía de la subvención será el 50% de la cantidad solicitada.