Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062113)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación a regadío de 30,28 hectáreas de olivar superintensivo, ubicadas en el paraje "La Cabrita, Galinda o La Magdalena", en el término municipal de Bienvenida, cuya promotora es Las Mongias, SCL. Expte.: IA22/1588.
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NÚMERO 120
Viernes 21 de junio de 2024
31367
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de transformación a regadío de 30,28 hectáreas de olivar
superintensivo, ubicadas en el paraje "La Cabrita, Galinda o La Magdalena",
en el término municipal de Bienvenida, cuya promotora es Las Mongias,
SCL. Expte.: IA22/1588. (2024062113)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de transformación a regadío de 30,28 ha de olivar superintensivo en el paraje “La
Cabrita, Galinda o La Magdalena” a ejecutar en las parcelas 62, 67, 68, 69 y 89 del polígono 4
del término municipal Bienvenida (Badajoz), es encuadrable en el grupo 1, apartado d) punto
2.º del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el grupo I, apartado c) punto 2.º de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento
de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha (proyectos no incluidos en los
anexo IV o I)”.
La promotora del proyecto es Las Mongias, SCL, con CIF: F06042097.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura, le corres-
Viernes 21 de junio de 2024
31367
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de transformación a regadío de 30,28 hectáreas de olivar
superintensivo, ubicadas en el paraje "La Cabrita, Galinda o La Magdalena",
en el término municipal de Bienvenida, cuya promotora es Las Mongias,
SCL. Expte.: IA22/1588. (2024062113)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de transformación a regadío de 30,28 ha de olivar superintensivo en el paraje “La
Cabrita, Galinda o La Magdalena” a ejecutar en las parcelas 62, 67, 68, 69 y 89 del polígono 4
del término municipal Bienvenida (Badajoz), es encuadrable en el grupo 1, apartado d) punto
2.º del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el grupo I, apartado c) punto 2.º de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento
de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha (proyectos no incluidos en los
anexo IV o I)”.
La promotora del proyecto es Las Mongias, SCL, con CIF: F06042097.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura, le corres-