Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2024062115)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Administración Local, por la que se modifica la lista de espera autonómica de personas candidatas para la provisión temporal en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención, de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
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NÚMERO 119
31198
Jueves 20 de junio de 2024
Por todo ello, y conforme a las atribuciones conferidas por el Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como el artículo 7.2.h) del Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, de estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, y
de conformidad con el Decreto de nombramiento 109/2023, de 2 de agosto, esta Dirección
General,
RESUELVE:
Primero. Modificar la lista de espera de personas candidatas constituida para la provisión
temporal en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención, de personal funcionario de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter
nacional, con la inclusión del interesado en la citada relación.
Segundo. Dar publicidad a la modificación de la citada lista de espera en el Portal Corporativo de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es), en el tema Administración Pública,
subtema Entidades Locales: funcionarios con habilitación de carácter nacional.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el
artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano que ha dictado la presente resolución,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la misma, con arreglo
a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, en los términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de su notificación, conforme al artículo 46.1 de la citada ley. En caso
de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa
la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.
Todo ello sin perjuicio de que se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se
considere procedente.
Mérida, 11 de junio de 2024.
El Director General
de Administración Local,
PEDRO ROMERO GÓMEZ
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Jueves 20 de junio de 2024
Por todo ello, y conforme a las atribuciones conferidas por el Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como el artículo 7.2.h) del Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, de estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, y
de conformidad con el Decreto de nombramiento 109/2023, de 2 de agosto, esta Dirección
General,
RESUELVE:
Primero. Modificar la lista de espera de personas candidatas constituida para la provisión
temporal en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención, de personal funcionario de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter
nacional, con la inclusión del interesado en la citada relación.
Segundo. Dar publicidad a la modificación de la citada lista de espera en el Portal Corporativo de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es), en el tema Administración Pública,
subtema Entidades Locales: funcionarios con habilitación de carácter nacional.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el
artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano que ha dictado la presente resolución,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la misma, con arreglo
a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, en los términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de su notificación, conforme al artículo 46.1 de la citada ley. En caso
de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa
la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.
Todo ello sin perjuicio de que se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se
considere procedente.
Mérida, 11 de junio de 2024.
El Director General
de Administración Local,
PEDRO ROMERO GÓMEZ
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