Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024061960)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 117
Martes 18 de junio de 2024

30829



— Descripción del objeto.



— Destinatarios.



— Importe.



— Financiación.



— Actuaciones desarrolladas.



— Fecha del proyecto.



— Cualquier otro dato que se considere relevante.



L
 a citada Memoria tendrá una extensión máxima de 4 páginas en letra Arial 11 con
interlineado de 1,5.



E
 n el supuesto que el proyecto al que se hace referencia se hallen vinculados a
subvenciones gestionadas por la Secretaría General de Igualdad y Conciliación de la
Presidencia de la Junta, se hará constar dicha circunstancia, identificando el proyecto, no siendo en estos casos necesario adjuntar la mencionada Memoria.



4º. A
 portación de medios económicos propios cuantificables del proyecto según porcentaje de aportación por la entidad en relación con el coste total del proyecto. Hasta
10 puntos.



a) Desde un 5% hasta un 10%: 2 puntos.



b) Más del 10% y hasta el 20%: 4 puntos.



c) Más del 20% y hasta el 40%: 6 puntos.



d) Más del 40% y hasta el 50%: 8 puntos.



e) M
 ás del 50%: 10 puntos.



A
 este respecto, tendrán la consideración de “cuantificables” aquellas partidas y
gastos que tengan la condición de subvencionables de acuerdo con la presente
convocatoria y sus bases reguladoras y cuyo coste lo asuma la entidad solicitante.
No tendrán dicha consideración aquellos costes en los que incurra la entidad financiados con fondos propios que no tengan la consideración de gastos subvencionables, no considerándose los mismos como valor computable en el coste global del
proyecto.