Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2024040086)
Extracto del Decreto 44/2024, de 28 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Martes 18 de junio de 2024

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Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos
sociales. Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social. Objetivo
específico: ESO4.3. Promover una participación equilibrada de género en el mercado laboral, unas condiciones de trabajo iguales y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la
familiar, en particular mediante el acceso a servicios de guardería asequibles y de atención
a personas dependientes. Línea de actuación vulnerables, con cargo a los créditos correspondientes que se fijen en las convocatorias que se efectúen con cargo a los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y se efectuará con cargo a los créditos correspondientes para el ejercicio presupuestario 2024
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la aplicación
presupuestaria 02006 /253A/ 48000, Fondo financiador FS21411C01 y Proyecto 20240222
denominado “Programa para fomento conciliación de la vida personal, familiar y laboral”, con
una dotación para la presente anualidad de 1.172.288, 00 euros.
La cuantía de la ayuda se calcula conforme a lo estipulado en el artículo 8 del decreto de bases
reguladoras, que establece que la cuantía mensual de la subvención será la determinada en
la escala recogida en la convocatoria y se hallará teniendo en cuenta las bases de cotización
por contingencias comunes para las personas empleadas, y las horas trabajadas.
La cuantía se incrementará en un 10% en los supuestos que la persona solicitante trabajadora
por cuenta propia o ajena resida en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado a fecha de 31 de diciembre el año anterior a la convocatoria consten menos de 5000 habitantes.
Asimismo, podrá incrementarse en un 10% si la persona a la que se contrata para el cuidado
en el domicilio es víctima de violencia de género, y otro 10% si se trata de familia monoparental. Estos porcentajes podrán acumularse hasta un máximo de 1.100 euros.
La cuantía de la ayuda no podrá superar los 1.100 euros mensuales en 12 pagas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria correspondiente y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura y hasta el 30 de
octubre de 2024.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figurarán publicados en el Diario
Oficial de Extremadura con la convocatoria http://doe.juntaex.es.
El pago de la subvención se realizará, una vez dictada la Resolución de concesión, en un
único abono por el 100% del importe concedido, mediante transferencia a la cuenta bancaria