Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2024040075)
Decreto 44/2024, de 28 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 117
Martes 18 de junio de 2024

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Artículo 13. Documentación.
1. D
 e conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor de las ayudas
recabará de oficio los siguientes documentos, siempre que la persona interesada no haya
manifestado su oposición expresa, en cuyo caso deberán ser aportados:
a) Informe de vida laboral de la persona solicitante de la ayuda.
b) Certificado de convivencia en el que se haga constar todas las personas que conviven
en el domicilio de quien solicita la ayuda.
2. La Secretaría General de Igualdad y Conciliación en tanto órgano gestor de este procedimiento, que incluye una actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida
la potestad de verificación de los datos personales del solicitante manifestados en esta
solicitud en virtud de la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
3. L
 a justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social
y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o recabada de oficio por
el órgano gestor, siempre que la persona interesada lo autorice marcando la casilla correspondiente en el modelo de Solicitud de subvención. En otro caso, la interesada deberá
presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis
meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca
otro plazo.
4. L
 a persona solicitante deberá aportar, en su caso, la documentación que se indica a continuación:
a) Libro de familia o documento análogo.
b) Documento de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.
c) Tarjeta de demanda de empleo de la persona contratada, en su caso.
d) Contrato de trabajo suscrito.
e) C
 ertificado de delitos de naturaleza sexual de la persona contratada, conforme a la Ley
Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la
Ley 45/2015, de Voluntariado que establece la obligación de que se aporten certificados
negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales y
voluntarios que trabajan en contacto habitual con menores.