Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061991)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura y la Fundación Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la gestión conjunta del Punto de Acompañamiento Empresarial de Badajoz durante el período 2024-2025.
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NÚMERO 116
30498
Lunes 17 de junio de 2024
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y
TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y
LA FUNDACIÓN FUNDECYT–PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO
DE EXTREMADURA, PARA LA GESTIÓN CONJUNTA DEL PUNTO DE
ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL DE BADAJOZ DURANTE EL
PERÍODO 2024-2025
Mérida, 16 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto
93/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), y por delegación de firma según
Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría
General competencias en diversas materias (DOE núm. 157 de 16 de agosto), para el ejercicio
de las competencias que le atribuye los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y, de otra, D. José Luis Canito Lobo, en nombre y representación de la Fundación Fundecyt
Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, entidad domiciliada en Badajoz, en la Avda.
Elvas, s/n, 06071, con NIF núm. ***6306**, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura con el número de registro 06/138, actuando como
Director Gerente de dicha entidad en virtud de nombramiento del Consejo de Gobierno de la
Junta de Extremadura mediante el Decreto 273/2023, de 7 de noviembre de 2023 (DOE núm.
216, de 10 de noviembre de 2023), con las atribuciones contempladas en el artículo 32 de
los Estatutos vigentes de la Fundación, según consta en escritura pública de 21 de noviembre
de 2012, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Extremadura, Don Luis Pla
Rubio, con núm. 2.100 de su protocolo.
Ambas partes se reconocen mutuamente competencia y capacidad jurídica necesaria para
formalizar el presente convenio y quedar obligadas en la representación en que efectivamente
intervienen,
MANIFIESTAN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por la Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.7 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia
exclusiva en “fomento del desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma dentro
de los objetivos de la política económica nacional”.
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Lunes 17 de junio de 2024
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y
TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y
LA FUNDACIÓN FUNDECYT–PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO
DE EXTREMADURA, PARA LA GESTIÓN CONJUNTA DEL PUNTO DE
ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL DE BADAJOZ DURANTE EL
PERÍODO 2024-2025
Mérida, 16 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto
93/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), y por delegación de firma según
Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría
General competencias en diversas materias (DOE núm. 157 de 16 de agosto), para el ejercicio
de las competencias que le atribuye los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y, de otra, D. José Luis Canito Lobo, en nombre y representación de la Fundación Fundecyt
Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, entidad domiciliada en Badajoz, en la Avda.
Elvas, s/n, 06071, con NIF núm. ***6306**, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura con el número de registro 06/138, actuando como
Director Gerente de dicha entidad en virtud de nombramiento del Consejo de Gobierno de la
Junta de Extremadura mediante el Decreto 273/2023, de 7 de noviembre de 2023 (DOE núm.
216, de 10 de noviembre de 2023), con las atribuciones contempladas en el artículo 32 de
los Estatutos vigentes de la Fundación, según consta en escritura pública de 21 de noviembre
de 2012, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Extremadura, Don Luis Pla
Rubio, con núm. 2.100 de su protocolo.
Ambas partes se reconocen mutuamente competencia y capacidad jurídica necesaria para
formalizar el presente convenio y quedar obligadas en la representación en que efectivamente
intervienen,
MANIFIESTAN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por la Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.7 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia
exclusiva en “fomento del desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma dentro
de los objetivos de la política económica nacional”.