Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062063)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Bohonal de Ibor para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada "Obras de señalización y puesta en valor de los restos romanos de Talavera la Vieja (Los Mármoles)", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea NEXT-Generation EU".
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NÚMERO 116

30546

Lunes 17 de junio de 2024

5. Q
 ue la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo en Extremadura, dispone en su artículo 6, punto 1, letra c) (modificado este apartado por el artículo 4
de la Ley 6/2018, de 12 de julio, (BOE n.º 183, de 30 de julio )), sobre las competencias
turísticas de los municipios, que corresponde a los Ayuntamientos, sin perjuicio de las
competencias establecidas por la legislación de régimen local, entre otras, “colaborar con la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como con las Diputaciones
Provinciales y otras entidades locales para la promoción de zonas y recursos comunes”. Y,
sigue diciendo este mismo artículo 6, en su punto tercero que “Los Municipios ejercerán
sus competencias turísticas en colaboración con la Consejería competente en materia de
Turismo (hoy la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes) y con las demás Administraciones Turísticas de su ámbito territorial”.
6. Q
 ue el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban las medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante RDL 36/20), prevé una serie
de instrumentos jurídicos para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos,
entre los cuales están los convenios de colaboración, que facilitan una mayor colaboración
pública-privada; así como medidas para realizar modificaciones y simplificaciones normativas en el ámbito contractual.
7. L
 a Administración General del Estado ha incluido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre,
de Presupuestos Generales para el año 2021, los créditos para financiar los proyectos presentados por las Comunidades Autónomas para el período 2021-2023 y que se realizará
mediante la celebración de convenios con éstas.
De esta forma, los citados convenios se configuran como el instrumento a través del cual las
Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los proyectos, hitos y objetivos de los mismos, así como la financiación establecida para cada uno de ellos.
Al hilo de lo anterior, cumplidos los trámites preceptivos previos y de acuerdo con la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE n.º 236, de 2 de octubre), las partes firmantes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre las partes firmantes con
el fin de ejecutar la actuación, “Obras de Señalización y puesta en valor de los restos romanos