Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062063)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Bohonal de Ibor para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada "Obras de señalización y puesta en valor de los restos romanos de Talavera la Vieja (Los Mármoles)", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea NEXT-Generation EU".
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 116
Lunes 17 de junio de 2024
30564
3. L
a modificación del convenio se acordará a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante la suscripción de una adenda modificativa que requerirá el acuerdo unánime de los
firmantes según lo dispuesto en el artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
4. L
a modificación se suscribirá por las partes intervinientes en un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, y en cualquier caso siempre
antes de la finalización de la vigencia del convenio.
Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya suscrito la modificación del convenio, se entenderá desestimada la solicitud.
Duodécima. Publicidad y difusión.
Para la difusión de la actuación prevista en el presente convenio, se incorporará el emblema
oficial de PRTR. Deberá destacarse el origen de esta financiación y se velará por dar visibilidad y derecho de uso de la misma, incluyéndose, cuando proceda, mediante el emblema
de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU”, particularmente, cuando promuevan las actuaciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
1. E
l Ayuntamiento de Bohonal de Ibor deberá cumplir con las siguientes obligaciones en
materia de publicidad:
a) Las relativas a la financiación del mecanismo, conforme con la normativa europea nacional aplicable y, específicamente, con las del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
b) En las medidas de información y comunicación de la actuación que desarrolla, las inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material
audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:
1.º El emblema de la Unión Europea,
2.º J unto a este emblema de la Unión se incluirá el texto “Financiado por la Unión
Europea-Next GenerationUE”. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo
establecido en el Manual de Identidad Visual del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación, que
se incorpora al presente convenio como Anexo X.
Lunes 17 de junio de 2024
30564
3. L
a modificación del convenio se acordará a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante la suscripción de una adenda modificativa que requerirá el acuerdo unánime de los
firmantes según lo dispuesto en el artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
4. L
a modificación se suscribirá por las partes intervinientes en un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, y en cualquier caso siempre
antes de la finalización de la vigencia del convenio.
Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya suscrito la modificación del convenio, se entenderá desestimada la solicitud.
Duodécima. Publicidad y difusión.
Para la difusión de la actuación prevista en el presente convenio, se incorporará el emblema
oficial de PRTR. Deberá destacarse el origen de esta financiación y se velará por dar visibilidad y derecho de uso de la misma, incluyéndose, cuando proceda, mediante el emblema
de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU”, particularmente, cuando promuevan las actuaciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
1. E
l Ayuntamiento de Bohonal de Ibor deberá cumplir con las siguientes obligaciones en
materia de publicidad:
a) Las relativas a la financiación del mecanismo, conforme con la normativa europea nacional aplicable y, específicamente, con las del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
b) En las medidas de información y comunicación de la actuación que desarrolla, las inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material
audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:
1.º El emblema de la Unión Europea,
2.º J unto a este emblema de la Unión se incluirá el texto “Financiado por la Unión
Europea-Next GenerationUE”. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo
establecido en el Manual de Identidad Visual del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación, que
se incorpora al presente convenio como Anexo X.