Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Conciertos Educativos. (2024050116)
Orden de 13 de junio de 2024 por la que se convoca el procedimiento para la suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2024-2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 116
30462
Lunes 17 de junio de 2024
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto.
El objeto de esta orden es convocar el procedimiento de suscripción y/o modificación de los
conciertos educativos para el curso académico 2024/2025 en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 2. Régimen Jurídico.
1. L
a suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2024/2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, se regirá por las siguientes
normas:
— La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
— La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— El Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.
— Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura.
2. L
a suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria,
Ciclos Formativos de Grado Básico, Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior
y Bachillerato, además de por lo previsto en la citada legislación, les será de aplicación
específica el Decreto 64/2021, de 16 de junio, por el que se establecen normas para la
aplicación del régimen de conciertos educativos durante los cursos académicos 2021/2022
a 2024/2025, excepto para las enseñanzas de Educación Primaria, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los capítulos I, II y IV de la presente orden.
3. L
a suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para la enseñanza de Educación Primaria, que le será de aplicación el Decreto 60//2023, de 24 de mayo, por el que se
establecen normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos en Educación
Primaria, durante los cursos académicos 2023/2024 a 2028/2029, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los capítulos I, III y IV de la presente orden.
30462
Lunes 17 de junio de 2024
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto.
El objeto de esta orden es convocar el procedimiento de suscripción y/o modificación de los
conciertos educativos para el curso académico 2024/2025 en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Artículo 2. Régimen Jurídico.
1. L
a suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2024/2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, se regirá por las siguientes
normas:
— La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
— La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— El Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.
— Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura.
2. L
a suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria,
Ciclos Formativos de Grado Básico, Ciclos Formativos de Grado Medio y de Grado Superior
y Bachillerato, además de por lo previsto en la citada legislación, les será de aplicación
específica el Decreto 64/2021, de 16 de junio, por el que se establecen normas para la
aplicación del régimen de conciertos educativos durante los cursos académicos 2021/2022
a 2024/2025, excepto para las enseñanzas de Educación Primaria, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los capítulos I, II y IV de la presente orden.
3. L
a suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para la enseñanza de Educación Primaria, que le será de aplicación el Decreto 60//2023, de 24 de mayo, por el que se
establecen normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos en Educación
Primaria, durante los cursos académicos 2023/2024 a 2028/2029, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los capítulos I, III y IV de la presente orden.