Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061984)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y la Fundación Artemisan para el desarrollo del Plan Integral de Recuperación de la Tórtola Europea en Extremadura 2024. Expte.: 2422999CA001.
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NÚMERO 115
Viernes 14 de junio de 2024

30209

— Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
Las medidas de seguridad abarcarán la protección de los sistemas de información así como
de los sistemas de tratamiento manual y el archivo de la documentación.
La revisión podrá realizarse por mecanismos automáticos (software o programas informáticos) o de forma manual.
C.6) Medidas de seguridad.
El Encargado dispondrá en todo momento de información actualizada sobre las medidas
de seguridad aplicadas y deberá proporcionarlas al Responsable cuando éste las solicite y
en todo caso siempre que haya cambios relevantes en su arquitectura de seguridad de la
información.
D) P
 ROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el encargado del tratamiento acepta
expresamente que la propiedad de la documentación y los trabajos realizados al amparo
del presente convenio, y durante el período de garantía y mantenimiento, corresponde
únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad y sin más limitaciones que las
impuestas por el ordenamiento jurídico.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual
y de protección jurídica de los programas de ordenador, el encargado acepta expresamente
que los derechos de explotación y la propiedad del código fuente de las aplicaciones desarrolladas al amparo del presente convenio corresponden únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad y a todos los efectos.
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre los
soportes materiales a los que se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento de las
obligaciones derivadas del convenio, corresponden a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de
responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanante de los
suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del convenio
procedente de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma del convenio, a obtener las licencias y autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución
del mismo.