Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2024050115)
Orden de 7 de junio de 2024 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
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NÚMERO 114
Jueves 13 de junio de 2024

29887

ORDEN de 7 de junio de 2024 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Salud y Servicios Sociales. (2024050115)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través de las cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación
de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos
para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
El aspecto más relevante de esta modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales es la dotación de los efectivos necesarios para la
puesta en funcionamientos del nuevo CADEX en la ciudad de Mérida, que sin duda redundará
en la calidad de los servicios que desde la Junta de Extremadura se prestan al colectivo de
personas con discapacidad.
En consecuencia, se crean puestos de trabajo de Psicólogos y Trabajadores Sociales, la Dirección del Centro, así como el personal de administración para el normal funcionamiento de este
nuevo servicio que ahora se pone en marcha.
Por último, se aprovecha la presente modificación para ajustar los perfiles y características de
determinados puestos de trabajo en aspectos tales como su denominación, requisitos, méritos, Especialidades, complementos funcionales y similares.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es
el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y