Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2024050112)
Orden de 7 de junio de 2024 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 114
Jueves 13 de junio de 2024
29869
ORDEN de 7 de junio de 2024 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. (2024050112)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través de las cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación
de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos
para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
La presente modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Gestión
Forestal y Mundo Rural afecta prácticamente a todos los centros directivos que la integran con
la finalidad de ir adaptando sus plantillas a las necesidades de los mismos mediante cambios
organizativos inmediatos necesarios para dotar de los recursos humanos que garanticen una
gestión eficaz y eficiente de las competencias atribuidas a esta Consejería.
En consecuencia, esta modificación contiene la creación de puestos con un marcado carácter
técnico como son las Jefaturas de Sección abiertas a especialidades tales como Ingeniería de
Montes, ITF ITA o Ingeniería Agrónoma así como puestos de trabajo de la especialidad de
Agentes del Medio Natural entre otras, así como otras modificaciones de menor calado como
pueden ser los cambios de centro directivo de adscripción o de denominación de determinados puestos de trabajo.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es
el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y
Jueves 13 de junio de 2024
29869
ORDEN de 7 de junio de 2024 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. (2024050112)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través de las cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación
de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos
para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
La presente modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Gestión
Forestal y Mundo Rural afecta prácticamente a todos los centros directivos que la integran con
la finalidad de ir adaptando sus plantillas a las necesidades de los mismos mediante cambios
organizativos inmediatos necesarios para dotar de los recursos humanos que garanticen una
gestión eficaz y eficiente de las competencias atribuidas a esta Consejería.
En consecuencia, esta modificación contiene la creación de puestos con un marcado carácter
técnico como son las Jefaturas de Sección abiertas a especialidades tales como Ingeniería de
Montes, ITF ITA o Ingeniería Agrónoma así como puestos de trabajo de la especialidad de
Agentes del Medio Natural entre otras, así como otras modificaciones de menor calado como
pueden ser los cambios de centro directivo de adscripción o de denominación de determinados puestos de trabajo.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es
el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y