Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2024050113)
Orden de 6 de junio de 2024 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
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NÚMERO 114
29867
Jueves 13 de junio de 2024
en el artículo 2, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del artículo 1 del mencionado decreto.
Teniendo en cuenta los antecedentes citados, resulta de aplicación el artículo 3 del Decreto
29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para la elaboración, modificación
o actualizaciones de relaciones de puestos de trabajo, así como el capítulo V, del Decreto
59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de
resoluciones judiciales, titulado “De la ejecución de resoluciones recaídas en procesos relativos a materia de personal”.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 94/1998, de 21 de julio, seguido
el procedimiento señalado en el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen
criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo,
y en uso de las atribuciones que me ha sido conferidas,
DISPONGO:
Primero. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional según figura en el anexo, para la modificación del puesto de trabajo que en el mismo se incluye.
Segundo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 6 de junio de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
MARÍA ELENA MANZANO SILVA
29867
Jueves 13 de junio de 2024
en el artículo 2, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del artículo 1 del mencionado decreto.
Teniendo en cuenta los antecedentes citados, resulta de aplicación el artículo 3 del Decreto
29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para la elaboración, modificación
o actualizaciones de relaciones de puestos de trabajo, así como el capítulo V, del Decreto
59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de
resoluciones judiciales, titulado “De la ejecución de resoluciones recaídas en procesos relativos a materia de personal”.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 94/1998, de 21 de julio, seguido
el procedimiento señalado en el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen
criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo,
y en uso de las atribuciones que me ha sido conferidas,
DISPONGO:
Primero. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional según figura en el anexo, para la modificación del puesto de trabajo que en el mismo se incluye.
Segundo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 6 de junio de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
MARÍA ELENA MANZANO SILVA