Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024061983)
Resolución de 30 de mayo de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reforma de un tramo de la LAMT, de 20 kV, 3515-03-"Navalmoral" de la ST "Almaraz", entre los apoyos 2115 y 2140 de la misma (derivación a CT "Espadañal" n.º 140500160), en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres)". Expte.: AT-9482.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024

29534

— Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los
trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura,
Turismo, Jóvenes y Deportes.
— La promotora instalará y mantendrá durante toda la vida útil de la línea, una caja nido
de cemento corcho polivalente por apoyo (con excepción de los apoyos en los que se
van a realizar entronques aéreo-subterráneos y en el que se ubica el Centro de Transformación), colocadas en el tercio superior del apoyo. Deberán contar con sistemas de
antidepredación (incluidas chapas perimetrales de 0,5 m de altura para evitar la muerte
por depredadores trepadores). La promotora se responsabilizará de su mantenimiento
para garantizar su funcionalidad, siendo necesaria su reposición cuando se deterioren.
— Se llevará a cabo el radioseguimiento de las parejas de Milano real y su descendencia,
presentes en dos de los nidos más cercanos a la nueva línea proyectada, durante al
menos 5 años, para ver si la especie permanece en la zona y el riesgo de colisión de la
línea. La promotora se deberá poner en contacto con el Departamento de Radioseguimiento del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas para llevar a
cabo esta medida.
— Una vez finalizados los trabajos, se procederá a restituir la totalidad de los terrenos
afectados por las obras, especialmente en zanjas o si se generan taludes, así como sus
zonas e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto,
y evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán quedar
bajo ningún concepto acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc.
— Serán de aplicación además todas aquellas medidas propuestas en el Programa de Vigilancia Ambiental, siempre y cuando no sean contrarias a las establecidas en el presente
informe de impacto ambiental.
— En todo lo no previsto en el presente informe, serán igualmente de aplicación cualesquiera otras medidas de protección o condiciones establecidas en los informes o autorizaciones correspondientes a otros organismos oficiales que deban obrar en su poder y
cuyo ámbito de aplicación sea la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. P
 rograma de vigilancia ambiental.
— Se realizará una labor de seguimiento ambiental de la obra, en la que se verificará la adecuada aplicación de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias propuestas.