Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061989)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de ampliación del riego de 11,68 ha de olivos y viñas en el polígono 15 parcela 41, a ubicar en Solana de los Barros, promovido por Generoso García Hurtado. Expte.: IA23/1793.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024

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— Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con su
continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.


— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles
vertidos accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda
generar la maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.



— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

4.3. Medidas en la fase de explotación.


— Al objeto de minimizar la afección sobre determinados valores ambientales que pudiera resultar por la actividad, como el suelo, el agua o la atmósfera, se señala lo
siguiente:



• En fase de explotación, cuando se generen restos vegetales (podas, desbroces,
etc.) se recomienda su eliminación in situ mediante su triturado, facilitando su
incorporación al suelo. En todo caso, no se recomienda la quema de restos y si
ésta fuera imprescindible, se deberán tomar las medidas necesarias para evitar
la aparición y propagación de posibles incendios, adoptando las medidas establecidas en el Plan INFOEX, y en particular en las Órdenes anuales por las que se
declara la época de riesgo medio o alto de incendios. Además, se atenderá a lo
dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, en este sentido, con carácter general, no está permitida
la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario, priorizando su
reciclado mediante el tratamiento biológico de la materia orgánica. Únicamente
podrá permitirse la quema de estos residuos con carácter excepcional, y siempre
y cuando cuenten con la correspondiente autorización individualizada que permita
dicha quema.



— Cuando se apliquen productos fitosanitarios se tomarán las medidas necesarias
para evitar la contaminación difusa de las masas de agua, debiéndose minimizar su
uso para orientar la plantación hacia una agricultura más sostenible (Real Decreto
1311/2012).