Ayuntamiento De Robledillo De Trujillo. Normas Subsidiarias. (2024080900)
Anuncio de 31 de mayo de 2024 sobre publicación del Acuerdo del Pleno por el que se aprueba definitivamente la ordenación detallada de la modificación puntual número 6 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024
29614
AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE TRUJILLO
ANUNCIO de 31 de mayo de 2024 sobre publicación del Acuerdo del Pleno por
el que se aprueba definitivamente la ordenación detallada de la modificación
puntual número 6 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.
(2024080900)
El Pleno del Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo, en sesión celebrada el día 30 de abril de
2024, adoptó Acuerdo de aprobación definitiva de la ordenación detallada de la modificación
puntual número 6 de las Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Robledillo de Trujillo, en
base a los siguientes,
ANTECEDENTES
Visto que con fecha 17 de septiembre de 2021, mediante Providencia de Alcaldía, se apreció
la oportunidad y la conveniencia de promover la modificación puntual n.º 06 de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal, por las causas siguientes: Robledillo de Trujillo no
cuenta con un suelo específico para el establecimiento de actividades industriales, sino que
las mismas conviven con el tejido urbano o se encuentran dispersas en el suelo no urbanizable
común. Es por ello que es voluntad del Ayuntamiento la delimitación de un sector de suelo
urbanizable de uso global productivo que absorba la demanda de tejido industrial y permita
el desplazamiento de actividades industriales desde el suelo urbano al sector urbanizable delimitado por la presente modificación puntual.
En definitiva, se trata de satisfacer la necesidad de la delimitación de un sector de suelo urbanizable de uso global productivo, que de soporte a las actividades económicas dedicadas a la
producción de bienes y mercancías o a la producción de servicios, al objeto de dar salida a las
pequeñas actividades industriales actualmente ubicadas en el suelo urbano del municipio, en
convivencia con tejido residencial, evitando así las posibles molestias que este tipo de actividades generan en el contexto del suelo urbano (ruidos, vibraciones, olores…). Dichos terrenos
serían los que comprenden la actual parcela 146 del polígono 1 del Catastro de Rústica.
Considerando que, por Providencia de Alcaldía, se encargó a la Oficina de Gestión Urbanística,
Vivienda, Arquitectura y Territorio (hoy Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial
Sostenible) de la Mancomunidad Comarca de Trujillo, la elaboración y redacción del documento de Avance de la modificación puntual n.º 06 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Municipal y del documento ambiental estratégico, que fueron recibidos con fecha 23/09/2021.
Considerando que, realizados los trabajos técnicos necesarios, se recibió el borrador definitivo
de la modificación que, junto con el documento ambiental estratégico, se presentaron ante
Martes 11 de junio de 2024
29614
AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE TRUJILLO
ANUNCIO de 31 de mayo de 2024 sobre publicación del Acuerdo del Pleno por
el que se aprueba definitivamente la ordenación detallada de la modificación
puntual número 6 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.
(2024080900)
El Pleno del Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo, en sesión celebrada el día 30 de abril de
2024, adoptó Acuerdo de aprobación definitiva de la ordenación detallada de la modificación
puntual número 6 de las Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Robledillo de Trujillo, en
base a los siguientes,
ANTECEDENTES
Visto que con fecha 17 de septiembre de 2021, mediante Providencia de Alcaldía, se apreció
la oportunidad y la conveniencia de promover la modificación puntual n.º 06 de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal, por las causas siguientes: Robledillo de Trujillo no
cuenta con un suelo específico para el establecimiento de actividades industriales, sino que
las mismas conviven con el tejido urbano o se encuentran dispersas en el suelo no urbanizable
común. Es por ello que es voluntad del Ayuntamiento la delimitación de un sector de suelo
urbanizable de uso global productivo que absorba la demanda de tejido industrial y permita
el desplazamiento de actividades industriales desde el suelo urbano al sector urbanizable delimitado por la presente modificación puntual.
En definitiva, se trata de satisfacer la necesidad de la delimitación de un sector de suelo urbanizable de uso global productivo, que de soporte a las actividades económicas dedicadas a la
producción de bienes y mercancías o a la producción de servicios, al objeto de dar salida a las
pequeñas actividades industriales actualmente ubicadas en el suelo urbano del municipio, en
convivencia con tejido residencial, evitando así las posibles molestias que este tipo de actividades generan en el contexto del suelo urbano (ruidos, vibraciones, olores…). Dichos terrenos
serían los que comprenden la actual parcela 146 del polígono 1 del Catastro de Rústica.
Considerando que, por Providencia de Alcaldía, se encargó a la Oficina de Gestión Urbanística,
Vivienda, Arquitectura y Territorio (hoy Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial
Sostenible) de la Mancomunidad Comarca de Trujillo, la elaboración y redacción del documento de Avance de la modificación puntual n.º 06 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Municipal y del documento ambiental estratégico, que fueron recibidos con fecha 23/09/2021.
Considerando que, realizados los trabajos técnicos necesarios, se recibió el borrador definitivo
de la modificación que, junto con el documento ambiental estratégico, se presentaron ante