Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061948)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Planta de compostaje", cuyo promotor es Roberto Cabeza Conejo, en el término municipal de Moraleja (Cáceres). Expte.: IA23/1670.
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NÚMERO 111
Lunes 10 de junio de 2024



29167

— El Programa de vigilancia ambiental incluirá, entre otras actuaciones, la realización
de visitas estratégicas y la elaboración de los correspondientes informes de seguimiento, que debe incluir al menos la siguiente información:



• Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los
informes iniciales, periódicos y final. Los informes extraordinarios se elaborarán
para tratar cualquier incidencia con trascendencia ambiental que pudiera darse en
la actividad.



• Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha,
etc.).



• Registro de los datos y medidas tomados durante las revisiones periódicas de la
red de vigilancia y seguimiento.



• Registro de las labores de mantenimiento y limpieza de las instalaciones, incluyendo de la gestión de los residuos generados.



• La verificación de la eficacia y correcto cumplimiento de las medidas que conforman el condicionado del presente informe.



• Control de las entradas y salidas de los residuos de construcción y demolición



• Gestión de las distintas categorías de residuos tratados, así como los justificantes
de entrega a gestor autorizado.



• Cualquier otra incidencia que sea conveniente resaltar.



• En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas ambientales suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas y en caso necesario
acometer la correcta integración ambiental de la obra.

5. P
 lan de restauración.
Si una vez finalizada la actividad, se pretendiera el uso de las instalaciones para otra distinta, deberán adecuarse las instalaciones y contar con todas las autorizaciones exigidas
para el nuevo aprovechamiento.
En todo caso, al finalizar las actividades se deberá dejar el terreno en su estado original,
demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando todos los escombros a vertedero
autorizado.