Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061913)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Sociedad Extremeña de Educación Matemática "Ventura Reyes Prósper" para subvencionar la organización y el desarrollo de la "III Olimpiada Matemática Alevín" y la "XXXII Olimpiada Matemática Junior" en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 110
Viernes 7 de junio de 2024

28883

Al profesorado que intervenga en la preparación y desarrollo de esta actividad educativa
se le reconocerá un crédito de formación por su participación en la fase comarcal, y otro
crédito más, acumulable al anterior, a aquellos que también colaboren en la preparación
y desarrollo de dicha actividad en la fase autonómica.
Quinta. Aportaciones y justificación.
1. L
 a aportación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional para la organización y desarrollo de la XXXII “Olimpiada Matemática Junior” y a la III “Olimpiada
Matemática Alevín” será de nueve mil quinientos euros (9.500 €).
2. D
 icha cantidad aparece consignada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 como subvención nominativa, a favor de la Sociedad
Extremeña de Educación Matemática “Ventura Reyes Prósper”, y se imputará con cargo al
órgano gestor 130020000, posición presupuestaria G/222G/48000, fondo CAG0000001, y
de financiación 20000557.
3. D
 icha aportación económica será abonada a la SEEM de la siguiente forma:
a) Un 50%, es decir, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), a la firma del presente convenio, cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional y se hará efectivo por la Consejería de Hacienda y Administración
pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
b) Y el 50% restante, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), cuando se aporte por la SEEM la justificación total de gastos establecida en el punto quinto de esta
estipulación.
4. D
 e conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1 a), de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la SEEM está
exenta de prestar garantía por los pagos anticipados.
5. L
 a SEEM justificará a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional las
cantidades percibidas, mediante la presentación de copias electrónicas auténticas de facturas y demás documentos acreditativos de los gastos y pagos efectuados, antes del 15
de diciembre de 2024, junto con la Memoria de actividades realizadas. A estos efectos,
serán justificables los gastos realizados durante el ejercicio 2024 en todas las actividades
recogidas en este convenio, incluida la representación del alumnado extremeño en la Olimpiada Matemática Nacional. En el caso de que la cantidad justificada fuese menor que la
aportación estipulada en el presente convenio conllevará la minoración de dicha diferencia
en el segundo de los pagos a efectuar.