Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040069)
Extracto del Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo y se aprueba la primera convocatoria, para el periodo 2024-2025 de las subvenciones para el Programa IV: "Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)".
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NÚMERO 109
28534
Jueves 6 de junio de 2024
— 20001389 “Fomento del Autoempleo”, financiado con fondos propios de la Comunidad
Autónoma (CA) por un importe total de 1.000.000,00 euros, de los cuales 500.000,00
euros corresponden al ejercicio 2024, aplicación presupuestaria G/242A/47000 y
500.000,00 euros al ejercicio 2025, aplicación presupuestaria G/242A/47000.
Quienes reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria y en el decreto de bases reguladoras, para acceder a estas ayudas del Programa IV, podrán tener derecho a una subvención
de 6.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigencia de la convocatoria,
en el plazo iniciado el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado
por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes
del citado inicio.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado por medios telemáticos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) junto con la convocatoria, están disponibles en
la Sede electrónica de la Junta de Extremadura, página web https://sede.gobex.es/SEDE/ e,
igualmente, se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Mérida, 7 de mayo de 2024.
El Secretario General del SEXPE
(PD, Resolución 14/09/2023,
DOE n.º 180 de 19/09/2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
28534
Jueves 6 de junio de 2024
— 20001389 “Fomento del Autoempleo”, financiado con fondos propios de la Comunidad
Autónoma (CA) por un importe total de 1.000.000,00 euros, de los cuales 500.000,00
euros corresponden al ejercicio 2024, aplicación presupuestaria G/242A/47000 y
500.000,00 euros al ejercicio 2025, aplicación presupuestaria G/242A/47000.
Quienes reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria y en el decreto de bases reguladoras, para acceder a estas ayudas del Programa IV, podrán tener derecho a una subvención
de 6.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigencia de la convocatoria,
en el plazo iniciado el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado
por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes
del citado inicio.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado por medios telemáticos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) junto con la convocatoria, están disponibles en
la Sede electrónica de la Junta de Extremadura, página web https://sede.gobex.es/SEDE/ e,
igualmente, se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Mérida, 7 de mayo de 2024.
El Secretario General del SEXPE
(PD, Resolución 14/09/2023,
DOE n.º 180 de 19/09/2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO