Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040066)
Extracto del Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo, y se aprueba la primera convocatoria, para el periodo 2024-2025 de las subvenciones para el Programa I: "Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas".
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NÚMERO 109
Jueves 6 de junio de 2024
28525
EXTRACTO del Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las
bases reguladoras del programa para el fomento y consolidación del empleo
autónomo, y se aprueba la primera convocatoria, para el periodo 20242025 de las subvenciones para el Programa I: "Ayudas al establecimiento de
personas desempleadas como trabajadoras autónomas". (2024040066)
BDNS(Identif.): 761439
BDNS(Identif.): 761440
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden, cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Subvenciones dirigidas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras por
cuenta propia o autónomas.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa I:
Las personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajadoras por
cuenta propia a título individual, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes a las que se refiere el
capítulo III del título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio del Estatuto del trabajo autónomo.
Los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia que requiera la incorporación
a un Colegio Profesional, cuyo colectivo se haya integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente.
Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica conforme al artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, formando parte como persona socia y se den de alta en RETA o en la mutualidad
alternativa correspondiente.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación el empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad
Jueves 6 de junio de 2024
28525
EXTRACTO del Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las
bases reguladoras del programa para el fomento y consolidación del empleo
autónomo, y se aprueba la primera convocatoria, para el periodo 20242025 de las subvenciones para el Programa I: "Ayudas al establecimiento de
personas desempleadas como trabajadoras autónomas". (2024040066)
BDNS(Identif.): 761439
BDNS(Identif.): 761440
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden, cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Subvenciones dirigidas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras por
cuenta propia o autónomas.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa I:
Las personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajadoras por
cuenta propia a título individual, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes a las que se refiere el
capítulo III del título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio del Estatuto del trabajo autónomo.
Los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia que requiera la incorporación
a un Colegio Profesional, cuyo colectivo se haya integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente.
Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica conforme al artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, formando parte como persona socia y se den de alta en RETA o en la mutualidad
alternativa correspondiente.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación el empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad