Presidencia De La Junta. Víctimas De Violencia De Género. Ayudas. (2024061874)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece la convocatoria de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género correspondiente al año 2024.
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NÚMERO 108
Miércoles 5 de junio de 2024

III

27941

OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece
la convocatoria de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las
mujeres víctimas de violencia de género correspondiente al año 2024.
(2024061874)

Mediante Decreto 97/2018, de 26 de junio (DOE n.º 127, de 2 de julio), se establecen las
bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas
de violencia de género.
El artículo 7 de las bases reguladoras establece que el procedimiento de concesión de estas
ayudas será la concesión directa mediante convocatoria abierta, al tratarse de ayudas sociales
dirigidas a colectivos vulnerables cuyas características están predefinidas constituyendo una
pluralidad indeterminada de personas que requieren una respuesta ágil e inmediata.
En la presente resolución se recogen las disposiciones contenidas en las Leyes 4/2022, de 27
de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura y 5/2022, de 25 de
noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía
y para la prestación útil de los servicios públicos, que afectan a los procedimientos administrativos que rigen la concesión de subvenciones.
La Presidencia de la Junta de Extremadura da prioridad a todas aquellas medidas encaminadas a la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible número 5, “Lograr la igualdad
de género y empoderar a todas las mujeres y niñas”, en el marco de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015.
En virtud de lo expuesto, en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de mujer
a la Presidencia de la Junta de Extremadura, en el artículo 3 del Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del cual se adscribe
el Instituto de la Mujer de Extremadura a la Presidencia de la Junta de Extremadura, y se
establece la competencia en materia de subvenciones a la persona titular de la Secretaría Ge-