Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061866)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 14 de febrero de 2024, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para el año 2023 del Convenio Colectivo de Sector "Transporte de mercancías por carretera de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 108

28124

Miércoles 5 de junio de 2024

TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS AÑO 2023

CATEGORÍA

GRUPO PROFESIONAL

SUELDO BASE/MES

Jefe/a de Tráfico

G I sup. Técnico

883,96 euros

Oficial 1.ª y 2.ª

GII administración

883,96 euros

Oficial de 1.ª de oficios

GIV serv. aux. taller

883,96 euros

Conductor/a mecánico

G III movimiento

883,96 euros

Conductor/a gruista

G III movimiento

883,96 euros

Conductor/a repartidor vehículo de pma 20 tm

G III movimiento

883,96 euros

Conductor/a

G III movimiento

872,11 euros

Oficial de 2.ª de oficios

G IV serv. aux. taller

872,11 euros

Auxiliar administrativo

G II administración

860,24 euros

Auxiliar de almacén

G III movimiento

860,24 euros

Conductor/a repartidor vehículo ligero

G III movimiento

860,24 euros

Guarda

G IV serv. aux

848,37 euros

G III movimiento

848,37 euros

Ordenanza

G IV serv. Aux.

848,37 euros

Auxiliar

G II administración

848,37 euros

Ayudante y/o mozo
especializado

Pluses

2023

Plus Convenio

110,36 €

Plus Festivo

30,00 €

Hora Extra

12,13 €

El conductor/a gruista percibirá una gratificación consistente en el 10% de su salario.
El conductor/a-repartidor, o que haga de repartidor, percibirá una gratificación consistente
en el 10% de su salario bruto mensual.
Las categorías no expresamente enumeradas percibirán un salario asimilable a los arriba
acordados en función a criterios de proporcionalidad en la responsabilidad y/o funciones
de la categoría que se desempeñe en comparación con las que aquí se enumeran.