Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061870)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta para la fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es Javier Águedo Conejo, en el término municipal de Higuera de Vargas.
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NÚMERO 108
28049
Miércoles 5 de junio de 2024
2. E
l titular de la instalación deberá comunicar a la DGS cualquier modificación que se proponga realizar en la misma según se establece en el artículo 20 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. E
l titular de la instalación deberá comunicar a la Dirección General de Sostenibilidad el
inicio, la finalización y la interrupción voluntaria, por más de tres meses, de la actividad.
4. Se dispondrá de una copia de la resolución en el mismo centro a disposición de los agentes
de la autoridad que lo requieran.
5. La AAU podrá ser revocada por incumplimiento de cualquiera de sus condiciones.
6. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá de
leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
7. Transcurrido el plazo de vigencia de cualquiera de las autorizaciones sectoriales autonómicas incluidas en la autorización ambiental unificada, aquellas deberán ser renovadas y, en
su caso, actualizadas por periodos sucesivos según se recoge en el artículo 29 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo.
El condicionado indicado anteriormente se emite sin perjuicio del cumplimiento de cualquier
normativa que le sea de aplicación al desarrollo de la actividad.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer
recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 20 de mayo de 2024.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO
28049
Miércoles 5 de junio de 2024
2. E
l titular de la instalación deberá comunicar a la DGS cualquier modificación que se proponga realizar en la misma según se establece en el artículo 20 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. E
l titular de la instalación deberá comunicar a la Dirección General de Sostenibilidad el
inicio, la finalización y la interrupción voluntaria, por más de tres meses, de la actividad.
4. Se dispondrá de una copia de la resolución en el mismo centro a disposición de los agentes
de la autoridad que lo requieran.
5. La AAU podrá ser revocada por incumplimiento de cualquiera de sus condiciones.
6. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá de
leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
7. Transcurrido el plazo de vigencia de cualquiera de las autorizaciones sectoriales autonómicas incluidas en la autorización ambiental unificada, aquellas deberán ser renovadas y, en
su caso, actualizadas por periodos sucesivos según se recoge en el artículo 29 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo.
El condicionado indicado anteriormente se emite sin perjuicio del cumplimiento de cualquier
normativa que le sea de aplicación al desarrollo de la actividad.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer
recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 20 de mayo de 2024.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO