Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061817)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de alojamiento turístico, cuyos promotores son José Antonio Parada Nieto y M.ª Francisca Fernández Rodríguez, en el término municipal de Solana de los Barros. Expte.: IA23/563.
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NÚMERO 107
Martes 4 de junio de 2024
27735
RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de alojamiento turístico, cuyos promotores son José Antonio
Parada Nieto y M.ª Francisca Fernández Rodríguez, en el término municipal
de Solana de los Barros. Expte.: IA23/563. (2024061817)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de alojamiento turístico, a ubicar en la parcela 11 del polígono 7, del término municipal de Solana de los Barros, se encuentra incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los promotores del proyecto son José Antonio Parada Nieto y M.ª Francisca Fernández Rodríguez.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto la construcción de un alojamiento turístico en la
parcela 11 del polígono 7, del término municipal de Solana de los Barros, conformado
por una planta baja con una superficie construida de 235,11 m2 y una planta primera con
una superficie construida de 234, 56 m2. La planta baja estará constituida por un acceso,
restaurante (sala 1), distribuidor-acceso hotel, zona estancia barra, comedor restaurante
(sala 2), servicio barra-zona recepción hotel, distribuidor WC públicos, aseo femenino,
aseo masculino, aseo para personas con movilidad reducida, cocina, cámara congelación,
cámara frigorífica, distribuidor, almacén, hueco ascensor y escaleras tramo 1. La primera
planta estará conformada por escaleras tramo 2, distribuidor, pasillo, ocho habitaciones
con sus ocho aseos y una terraza.
Martes 4 de junio de 2024
27735
RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de alojamiento turístico, cuyos promotores son José Antonio
Parada Nieto y M.ª Francisca Fernández Rodríguez, en el término municipal
de Solana de los Barros. Expte.: IA23/563. (2024061817)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de alojamiento turístico, a ubicar en la parcela 11 del polígono 7, del término municipal de Solana de los Barros, se encuentra incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Los promotores del proyecto son José Antonio Parada Nieto y M.ª Francisca Fernández Rodríguez.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El presente proyecto tiene por objeto la construcción de un alojamiento turístico en la
parcela 11 del polígono 7, del término municipal de Solana de los Barros, conformado
por una planta baja con una superficie construida de 235,11 m2 y una planta primera con
una superficie construida de 234, 56 m2. La planta baja estará constituida por un acceso,
restaurante (sala 1), distribuidor-acceso hotel, zona estancia barra, comedor restaurante
(sala 2), servicio barra-zona recepción hotel, distribuidor WC públicos, aseo femenino,
aseo masculino, aseo para personas con movilidad reducida, cocina, cámara congelación,
cámara frigorífica, distribuidor, almacén, hueco ascensor y escaleras tramo 1. La primera
planta estará conformada por escaleras tramo 2, distribuidor, pasillo, ocho habitaciones
con sus ocho aseos y una terraza.