Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024061711)
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Dirección del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 107
Martes 4 de junio de 2024

27803

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2024, de la Dirección del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan
ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material
escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de
Extremadura que impartan Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación
Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2024/2025. (2024061711)
El artículo 27.1 de la Constitución española recoge como derecho fundamental el derecho
de todas y todos a la educación, recogiendo el citado precepto en su apartado cuarto que la
enseñanza es básica y obligatoria. Su reflejo se encuentra en la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en los
artículos 3.10 y 4.1, relativos a las enseñanzas básicas obligatorias y a los ciclos de Formación
Profesional Básica, respectivamente. Por su parte, el artículo 88.2 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, establece que: “las Administraciones educativas dotarán a los centros de los
recursos necesarios para hacer posible la gratuidad de las enseñanzas de carácter gratuito”.
El artículo 35 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura establece la
obligación de la Administración de adoptar las medidas necesarias para dotar progresivamente de material curricular a todo el alumnado de las enseñanzas obligatorias y de segundo ciclo
de educación infantil de los centros educativos sostenidos con fondos con fondos públicos.
Esta noción de gratuidad de la enseñanza básica, de la que se ha hecho eco el Consejo Escolar
del Estado e instituciones como el Congreso de los Diputados y el Defensor del Pueblo, engloba a los libros de texto. Para ello, la Ley 3/2020, de 29 de octubre, del sistema de préstamos
de los libros de texto de Extremadura, establece un sistema de préstamo de los libros de texto
y del material escolar en determinadas etapas educativas y ciclos, de adhesión voluntaria, y
con la participación directa del alumnado como forma de promover la propiedad social.
Asimismo, prevé el uso del libro de texto en formato impreso o digital fomentando el uso de
plataformas de contenido digital de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tales como eScholarium o Librarium y la elaboración de recursos abiertos y su aplicación en el aula.
La Ley 3/2020, de 29 de octubre, del sistema de préstamos de los libros de texto de Extremadura (DOE n.º 213, de 4 de noviembre), asume principios como la máxima eficiencia en la
asignación de los recursos públicos, el fomento en el alumnado de actitudes de respeto, compromiso, solidaridad y corresponsabilidad en el uso de materiales escolares y de información
a los representantes legales del alumnado de forma suficiente y en especial, de los derechos
y deberes.