Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024061892)
Extracto de la Resolución de Convocatoria de 15 de mayo de 2024, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan Segundo Ciclo de Educación Infantil, Enseñanza Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2024/2025.
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NÚMERO 107
Martes 4 de junio de 2024

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de 6 de julio de 2022) y, por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter
básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás
disposiciones básicas del Estado.
Cuarto. Créditos.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de un millón novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos doce euros (1.949.612,00 €), con el siguiente desglose
presupuestario:
— Anualidad 2024: Un millón ochocientos ochenta y dos mil euros (1.882.000,00 €),
que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 130090000 G/222G/47000
CAG0000001 20130082, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2024.
— Anualidad 2025: Sesenta y siete mil seiscientos doce euros (67.612,00 €), que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 130090000 G/222G/47000 CAG0000001
20130082, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para 2025.
Quinto. Criterios para la determinación de cuantías.
1. L
 as cuantías a librar a cada centro educativo por el concepto de libros de texto se calcularán
en función de las necesidades previstas por el centro en su proyecto de necesidades, anexo
III, teniendo en cuenta el número total de alumnos/as prestatarios/as que no vayan a ver
atendidas sus necesidades a través del banco de libros del centro educativo.
2. C
 on carácter previo a la determinación de las necesidades cada centro educativo procederá
a la actualización del banco de libros mediante la presentación del anexo V de la presente
resolución.
3. T
 al como se establece en la Orden de 4 marzo de 2024, de la Consejera de Educación,
Ciencia y Formación Profesional, por la que se fijan las cuantías para financiar la dotación
de libros de texto y material escolar y didáctico al alumnado matriculado en enseñanzas
de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial en centros sostenidos con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2024/2025(publicada
en el DOE núm. 50, de 12 de marzo de 2024), la cuantía establecida por alumno o alumna
prestatario/a de libros de texto será de 120 euros para Educación Primaria y 150 euros
para Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial.