Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024061858)
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la integración social de menores y jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura mediante su incorporación o mantenimiento en el mercado laboral para el año 2024.
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NÚMERO 106
Lunes 3 de junio de 2024
27547
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en esta resolución de convocatoria, por
las normas establecidas en la Orden de 29 de febrero de 2024, por la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de
aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa básica de desarrollo.
Tercero. Procedimiento de concesión.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será el de concesión directa mediante convocatoria abierta, en los términos establecidos en el capítulo III del título II de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Líneas de ayudas convocadas.
Las líneas de ayudas convocadas en la presente convocatoria son las siguientes:
— Línea I: Incorporación al mercado laboral; esta línea irá destinada a subvencionar aquellos primeros contratos de trabajo celebrados con menores o jóvenes pertenecientes al
Sistema de Protección de la Junta de Extremadura, que anteriormente no hayan sido
contratados por ninguna empresa o entidad. Quedan incluidos igualmente dentro de
esta Línea I, los contratos de trabajo inferiores a seis meses que hayan finalizado por
causa ajena al menor o joven.
— Línea II: Mantenimiento en el mercado laboral, esta línea irá destinada a subvencionar aquellos contratos de trabajo celebrados con menores o jóvenes pertenecientes
al Sistema de Protección de la Junta de Extremadura y supongan una continuación de
los contratos previamente subvencionados mediante la Línea I de la presente orden, o
mediante la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la incorporación
social y laboral de jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección
de Menores de la Junta de Extremadura aprobada mediante por Resolución de 11 de
noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria
de concesión de subvenciones destinadas a la incorporación social y laboral de jóvenes
que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de
Extremadura para el año 2023 (DOE n.° 238, de 14 de diciembre de 2022).
Quinto. Entidades beneficiarias.
Podrán ser personas o entidades beneficiarias:
Lunes 3 de junio de 2024
27547
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en esta resolución de convocatoria, por
las normas establecidas en la Orden de 29 de febrero de 2024, por la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de
aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa básica de desarrollo.
Tercero. Procedimiento de concesión.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será el de concesión directa mediante convocatoria abierta, en los términos establecidos en el capítulo III del título II de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Líneas de ayudas convocadas.
Las líneas de ayudas convocadas en la presente convocatoria son las siguientes:
— Línea I: Incorporación al mercado laboral; esta línea irá destinada a subvencionar aquellos primeros contratos de trabajo celebrados con menores o jóvenes pertenecientes al
Sistema de Protección de la Junta de Extremadura, que anteriormente no hayan sido
contratados por ninguna empresa o entidad. Quedan incluidos igualmente dentro de
esta Línea I, los contratos de trabajo inferiores a seis meses que hayan finalizado por
causa ajena al menor o joven.
— Línea II: Mantenimiento en el mercado laboral, esta línea irá destinada a subvencionar aquellos contratos de trabajo celebrados con menores o jóvenes pertenecientes
al Sistema de Protección de la Junta de Extremadura y supongan una continuación de
los contratos previamente subvencionados mediante la Línea I de la presente orden, o
mediante la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la incorporación
social y laboral de jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección
de Menores de la Junta de Extremadura aprobada mediante por Resolución de 11 de
noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria
de concesión de subvenciones destinadas a la incorporación social y laboral de jóvenes
que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de
Extremadura para el año 2023 (DOE n.° 238, de 14 de diciembre de 2022).
Quinto. Entidades beneficiarias.
Podrán ser personas o entidades beneficiarias: