Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024040061)
Decreto 40/2024, de 7 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CRISOL-FORMAS (Crisol-For+) y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.
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NÚMERO 105

27236

Viernes 31 de mayo de 2024

AÑO

2025

2025

Aplicación
140130000
20220424
140130000
20220424

presupuestaria

Importe

G/242B/47000

TE24001002

90.476,20 euros

G/242B/48000

TE24001002

271.428,57 euros

De conformidad con el artículo 23.2.h de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cuantía total máxima de las subvenciones
convocadas, podrá aumentarse hasta un 20 % de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que
corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de
crédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión
de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, y previa publicación del anuncio
recogido en el artículo 39.3 de la citada Ley de Subvenciones.
Tres. Entidades beneficiarias.
1. L
 as entidades privadas con personalidad jurídica propia que tengan entres sus fines u objeto social la promoción de empleo o la inserción sociolaboral y la formación, disponibilidad
para la ejecución de las obras o servicios de utilidad pública o interés social a ejecutar en
el ámbito territorial de la localidad del proyecto y presenten memoria- proyecto que se
considere técnicamente viable por el Servicio Extremeño Público de Empleo conforme al
artículo 23 del presente decreto.
Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal
tener domicilio, sede social o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. N
 o podrán obtener la condición de beneficiarias, las Entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A efectos de
acreditar el cumplimiento de los citados extremos, las entidades solicitantes efectuarán
declaración responsable, dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención, que se incluirá
en la solicitud de subvención.
Cuatro. Condiciones de proyectos.
1. E
 n virtud del artículo 14.4 de este decreto, el número de participantes por proyecto será
de 15.