Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061786)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor para financiar la prestación de servicios en materia de seguridad de los juguetes y otros artículos infantiles, en el ámbito del Instituto de Consumo de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 102
Martes 28 de mayo de 2024
26662
Teniendo como objetivo fundamental establecer un mayor nivel de seguridad en la comercialización y puesta en el mercado de los juguetes, el RD 1205/2011 presta especial atención a las
informaciones relativas a la trazabilidad de los juguetes, estableciendo obligaciones para todos
los agentes económicos implicados (fabricantes, representantes autorizados, importadores y
distribuidores), de suministrar información de los operadores anteriores y posteriores en la cadena de comercialización. Además de la obligación de los fabricantes de asegurarse que los juguetes se han diseñado y fabricado de conformidad con los requisitos legalmente establecidos,
estos tienen que elaborar el expediente del producto y una declaración CE de conformidad,
que tienen que conservar durante 10 años desde la introducción al mercado del juguete. En el
artículo 17 de la citada norma se establece que antes de introducir un juguete en el mercado,
“los fabricantes efectuarán un análisis de los peligros químicos, físicos, mecánicos, eléctricos,
de inflamación, higiénicos y radiactivos que el juguete pueda presentar, así como una evaluación de la posible exposición a esos peligros”, dejando registro del mismo. En relación a la
conformidad de los juguetes, se impone a las autoridades competentes la obligación de velar
por el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad de los juguetes comercializados,
estableciéndose la presunción de conformidad de los que lleven el marcado CE y vayan acompañados de la declaración CE de conformidad, dotada ésta de un contenido mínimo.
Tercero. INCOEX dispone del Laboratorio de Control de Calidad, en adelante Laboratorio
INCOEX, que ostenta la acreditación internacional por la Entidad Nacional de Acreditación
(ENAC) y su actividad principal en la realización de ensayos y calibraciones que permiten el
control y análisis de seguridad e información de juguetes, propiedades mecánicas y físicas.
Esta actividad se ajusta, en todo caso, a las reglamentaciones y las normas de calidad que los
regulan, tanto nacionales como europeas.
En atención a su actividad, el Laboratorio INCOEX se identifica como centro de control de la
calidad de la Junta de Extremadura, siendo su objetivo prestar apoyo técnico y científico para
la aplicación y desarrollo de sus Políticas de Protección y Defensa de los Consumidores, también respecto de otros órganos centrales y autonómicos. Del mismo modo presta su apoyo a
la industria e importadores jugueteros, Consejos Reguladores y a los particulares que soliciten
su colaboración.
Los controles analíticos que realiza tienen como fin comprobar la seguridad y la calidad de
los productos y, más específicamente, su conformidad en cuanto al etiquetado, contenido
efectivo, control de calidad, seguridad, etc. Asimismo, por las competencias que legalmente
tiene atribuidas, puede actuar como árbitro en el control de la calidad de los productos y en
la investigación juguetera y comercial, colaborando con los órganos competentes. Las funciones que principalmente desempeña se centran en aplicar ensayos normalizados sobre las
muestras recibidas.
Martes 28 de mayo de 2024
26662
Teniendo como objetivo fundamental establecer un mayor nivel de seguridad en la comercialización y puesta en el mercado de los juguetes, el RD 1205/2011 presta especial atención a las
informaciones relativas a la trazabilidad de los juguetes, estableciendo obligaciones para todos
los agentes económicos implicados (fabricantes, representantes autorizados, importadores y
distribuidores), de suministrar información de los operadores anteriores y posteriores en la cadena de comercialización. Además de la obligación de los fabricantes de asegurarse que los juguetes se han diseñado y fabricado de conformidad con los requisitos legalmente establecidos,
estos tienen que elaborar el expediente del producto y una declaración CE de conformidad,
que tienen que conservar durante 10 años desde la introducción al mercado del juguete. En el
artículo 17 de la citada norma se establece que antes de introducir un juguete en el mercado,
“los fabricantes efectuarán un análisis de los peligros químicos, físicos, mecánicos, eléctricos,
de inflamación, higiénicos y radiactivos que el juguete pueda presentar, así como una evaluación de la posible exposición a esos peligros”, dejando registro del mismo. En relación a la
conformidad de los juguetes, se impone a las autoridades competentes la obligación de velar
por el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad de los juguetes comercializados,
estableciéndose la presunción de conformidad de los que lleven el marcado CE y vayan acompañados de la declaración CE de conformidad, dotada ésta de un contenido mínimo.
Tercero. INCOEX dispone del Laboratorio de Control de Calidad, en adelante Laboratorio
INCOEX, que ostenta la acreditación internacional por la Entidad Nacional de Acreditación
(ENAC) y su actividad principal en la realización de ensayos y calibraciones que permiten el
control y análisis de seguridad e información de juguetes, propiedades mecánicas y físicas.
Esta actividad se ajusta, en todo caso, a las reglamentaciones y las normas de calidad que los
regulan, tanto nacionales como europeas.
En atención a su actividad, el Laboratorio INCOEX se identifica como centro de control de la
calidad de la Junta de Extremadura, siendo su objetivo prestar apoyo técnico y científico para
la aplicación y desarrollo de sus Políticas de Protección y Defensa de los Consumidores, también respecto de otros órganos centrales y autonómicos. Del mismo modo presta su apoyo a
la industria e importadores jugueteros, Consejos Reguladores y a los particulares que soliciten
su colaboración.
Los controles analíticos que realiza tienen como fin comprobar la seguridad y la calidad de
los productos y, más específicamente, su conformidad en cuanto al etiquetado, contenido
efectivo, control de calidad, seguridad, etc. Asimismo, por las competencias que legalmente
tiene atribuidas, puede actuar como árbitro en el control de la calidad de los productos y en
la investigación juguetera y comercial, colaborando con los órganos competentes. Las funciones que principalmente desempeña se centran en aplicar ensayos normalizados sobre las
muestras recibidas.