Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061785)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Financiación para la gestión del instrumento financiero "Fondo de Garantía de Adquisición de Vivienda" de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 102
Martes 28 de mayo de 2024
26644
i. Propuesta razonada al Consejo Ejecutivo, para su aprobación, de cualquier modificación o revisión del presente Acuerdo.
ii. Supervisar el Plan de Difusión diseñado por AVANTE para incrementar la visibilidad del Fondo de Garantía y su posterior remisión al Consejo Ejecutivo para su
validación.
iii. Designación de las entidades financieras que deberán aprobar y conceder operaciones de financiación para la adquisición de vivienda a los jóvenes extremeños.
En el procedimiento de designación, la Comisión Técnica de Gestión tendrá como
responsabilidades elaborar los documentos contractuales con los intermediarios
financieros.
iv. Revisión de las Operaciones que remitidas por las entidades financieras son objeto de garantía, de acuerdo con las condiciones establecidas. Cada uno de los
miembros de la Comisión Técnica de Gestión deberá suscribir en su caso una declaración responsable en la que se manifieste la ausencia de conflicto de interés.
v. Elaboración y remisión al Consejo Ejecutivo del Informe Anual de Ejecución de
instrumentos financieros.
vi. Elaboración del listado completo de pista de auditoría de acuerdo con lo establecido en el Artículo 14 de este Acuerdo.
vii. Informar al Consejo Ejecutivo sobre el progreso de las diversas Operaciones
cuando aquel le solicite dicha información.
viii. Adopción de las normas internas de funcionamiento que la Comisión Técnica
de Gestión considere necesarias para la toma de decisiones y el registro de las
mismas.
6.3.3. Corresponden al Presidente de la Comisión Técnica de Gestión las siguientes
atribuciones, para la ejecución de las tareas asignadas a este órgano:
i. Convocar, fijar el orden del día, presidir y moderar las sesiones de la Comisión
Técnica de Gestión, dirimiendo en su caso los empates de las votaciones con su
voto de calidad.
ii. Autorizar con su firma, juntamente con la persona que ostente el cargo de Secretario, las actas aprobadas de las sesiones de la Comisión Técnica de Gestión, y la
certificación de los acuerdos o extremos contenidos en las actas.
Martes 28 de mayo de 2024
26644
i. Propuesta razonada al Consejo Ejecutivo, para su aprobación, de cualquier modificación o revisión del presente Acuerdo.
ii. Supervisar el Plan de Difusión diseñado por AVANTE para incrementar la visibilidad del Fondo de Garantía y su posterior remisión al Consejo Ejecutivo para su
validación.
iii. Designación de las entidades financieras que deberán aprobar y conceder operaciones de financiación para la adquisición de vivienda a los jóvenes extremeños.
En el procedimiento de designación, la Comisión Técnica de Gestión tendrá como
responsabilidades elaborar los documentos contractuales con los intermediarios
financieros.
iv. Revisión de las Operaciones que remitidas por las entidades financieras son objeto de garantía, de acuerdo con las condiciones establecidas. Cada uno de los
miembros de la Comisión Técnica de Gestión deberá suscribir en su caso una declaración responsable en la que se manifieste la ausencia de conflicto de interés.
v. Elaboración y remisión al Consejo Ejecutivo del Informe Anual de Ejecución de
instrumentos financieros.
vi. Elaboración del listado completo de pista de auditoría de acuerdo con lo establecido en el Artículo 14 de este Acuerdo.
vii. Informar al Consejo Ejecutivo sobre el progreso de las diversas Operaciones
cuando aquel le solicite dicha información.
viii. Adopción de las normas internas de funcionamiento que la Comisión Técnica
de Gestión considere necesarias para la toma de decisiones y el registro de las
mismas.
6.3.3. Corresponden al Presidente de la Comisión Técnica de Gestión las siguientes
atribuciones, para la ejecución de las tareas asignadas a este órgano:
i. Convocar, fijar el orden del día, presidir y moderar las sesiones de la Comisión
Técnica de Gestión, dirimiendo en su caso los empates de las votaciones con su
voto de calidad.
ii. Autorizar con su firma, juntamente con la persona que ostente el cargo de Secretario, las actas aprobadas de las sesiones de la Comisión Técnica de Gestión, y la
certificación de los acuerdos o extremos contenidos en las actas.