Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061748)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es Ganados Floba, SL, en el término municipal de Santa Marta de los Barros.
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NÚMERO 101
Lunes 27 de mayo de 2024



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— La explotación dispone de un estercolero, que deberán contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos. El estercolero se
deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia.
Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a una fosa
de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la construcción de un cobertizo
o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso de pluviales al cubeto.



— Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.



— En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la
correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica correspondiente que
garantice el abastecimiento.



— Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados,
la promotora tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta gestión
de los mismos a los diferentes gestores autorizados.



— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos
en función de su tipología, clasificación y compatibilidad.



— Al finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material
no biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los trabajos
(embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma
separada y gestionarse por gestor autorizado.



— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen, se deberán separar
adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento,
cumpliendo en todo caso con lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción
y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el
régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción
y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— Los movimientos de tierras serán los descritos en el proyecto. Se evitará realizar
estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedimentos por esco-