Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061746)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es Agrícola Cobacha, SA, en el término municipal de San Vicente de Alcántara.
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NÚMERO 101
Lunes 27 de mayo de 2024

26515

RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es Agrícola Cobacha, SA,
en el término municipal de San Vicente de Alcántara. (2024061746)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 3 de octubre de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de cebadero de terneros en régimen intensivo en el término municipal de San Vicente de Alcántara
(Badajoz) y promovida por Agrícola Cobacha, con CIF: A-28202158 con domicilio en Avenida
de la Victoria, El Plantío, n.º 35, CP 28023 de Madrid.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de un cebadero de terneros en régimen intensivo con una capacidad de 300 terneros. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. En particular en la categoría 1.3.b del anexo II.
La explotación se ubicará en la parcela 15 del polígono 35, del término municipal de San Vicente de Alcántara, con una superficie de 54 ha. Las características esenciales del proyecto se
describen en la presente resolución.
Tercero. Se publica anuncio de fecha 30 de noviembre de 2023 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 237, de 13 de diciembre de
2023), poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 1 de diciembre de 2023, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de
San Vicente de Alcántara, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la
instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
Con fecha 4 de diciembre de 2023 la Técnico Municipal del Ayuntamiento de San Vicente de
Alcántara emite informe en el que concluye que la instalación proyectada resulta “compatible
con el planeamiento urbanístico, según los aspectos determinados en el artículo 7 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.